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  • RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2016, del Director de Atención de Emergencias y Meteorología, por la que se acuerda someter a información pública del Plan Especial de Emergencias por Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma Vasca. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus

Normativa

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RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2016, del Director de Atención de Emergencias y Meteorología, por la que se acuerda someter a información pública del Plan Especial de Emergencias por Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma Vasca.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 151
  • Nº orden: 3537
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 19/07/2016
  • Fecha de publicación: 10/08/2016

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Seguridad y justicia; Organización administrativa
  • Submateria: Urbanismo y vivienda; Interior; Medio Ambiente; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, los ciudadanos tienen derecho a participar en la elaboración de los planes de protección civil en los términos que legal o reglamentariamente se establezcan. Y de acuerdo al artículo 2 bis de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias, modificada por Ley 5/2016, de 21 de abril, las personas residentes en la Comunidad Autónoma tienen derecho a participar en el proceso de elaboración de los planes de protección civil y emergencias que puedan afectarles directamente, a través de los correspondientes trámites de información pública y consulta y participación ciudadana.

La Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología ha elaborado, en colaboración con otros entes y servicios administrativos, particularmente los Servicios de Montes de las Diputaciones Forales, el Plan Especial de Emergencias por Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma Vasca, el cual debe someterse a un periodo de información pública por espacio de 20 días hábiles.

En consecuencia y de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A efectos de cumplimentar lo previsto en el artículo anterior, el Plan de Emergencia se encontrará disponible en la sede de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, sita en el edificio La Torre de c/ Portal de Foronda 41 en Vitoria-Gasteiz y en el Centro de Coordinación de Emergencias de Bizkaia, sito en c/ Doctor Ornilla 1 A de Bilbao y en el Centro de Coordinación de Emergencias de Gipuzkoa, sito en c/ Vitoria-Gasteiz, 3 de San Sebastián.