- DECRETO 236/1996, de 22 de octubre, por el que se regula la concesión de Distinciones y Honores del Gobierno Vasco. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirDECRETO 236/1996, de 22 de octubre, por el que se regula la concesión de Distinciones y Honores del Gobierno Vasco.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 217
- Nº orden: 5313
- Nº disposición: 236
- Fecha de disposición: 22/10/1996
- Fecha de publicación: 11/11/1996
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Institucional
Texto legal
Por Decreto 86/1983, de 2 de mayo, fue creada la distinción «Gernikako Arbolaren Gurutzea - Cruz del Árbol de Gernika», al objeto de premiar a aquellas personas que se hubieran destacado por sus relevantes servicios prestados a Euskadi y por su excepcional prestigio en el campo social, económico o cultural. Desde entonces esta condecoración ha constituido la distinción de mayor relevancia y prestigio concedida por el Gobierno Vasco.
A lo largo de los años transcurridos se ha venido manifestando la conveniencia de completar la mencionada distinción con otras de rango diferente, que permitan expresar el reconocimiento del Gobierno Vasco a aquellos ciudadanos de nuestra Comunidad que se hayan distinguido en el ejercicio de su actividad profesional y contribuido con ella al progreso de Euskadi. Con esta distinción se trata de reconocer el trabajo «bien hecho» en cualquiera de los ámbitos en los que los galardonados hayan desempeñado su actividad laboral.
Por otro lado, y con el fin de mejorar la imagen de Euskadi en el exterior, también resulta patente la conveniencia de establecer una distinción específica como muestra de agradecimiento a aquellas personas o entidades que, aun no teniendo la condición política de vascos, han contribuido significativamente a su promoción económica, histórica o cultural en el exterior. Se trataría de una distinción que permita expresar el reconocimiento, respeto y amistad de los vascos a personalidades exteriores de reconocido prestigio, que han reflejado en su trayectoria cualidades y valores que han servido de referencia al Pueblo Vasco a lo largo de su historia.
En razón de estas consideraciones, procede aprobar el presente Decreto, que permite, de un lado, ratificar y ordenar las distinciones y honores actualmente existentes, y, de otro, promover la creación de nuevas distinciones, singularmente los títulos «Lan Onari» y «Lagun Onari», que respondan a los objetivos anteriormente mencionados, estableciendo, además, las circunstancias, el procedimiento y los requisitos necesarios para la concesión de todas ellas.
En su virtud, a propuesta de la Presidencia, y previa deliberación y aprobación de Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 22 de octubre de 1996,
– Cuando se otorgue a ciudadanos vascos la cinta será tricolor, con los colores de la ikurriña, y, en otros casos, de color verde.
Las personas condecoradas con esta distinción tendrán el tratamiento de Ilustrísimo/a.
Anverso: Medalla dorada de forma semicircular que en la parte superior mediante aspas representa la ikurriña. En el centro, una hoja de roble y un engranaje simbolizan la contribución al progreso de la Sociedad Vasca. Sobre el engranaje, la inscripción «LAN ONARI».
Reverso: En el reverso de la medalla irá, en bajo relieve, el Escudo del Gobierno Vasco en su versión heráldica con la inscripción «Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco» y la fecha de entrega. En la parte superior quedará un espacio para grabar el nombre y apellidos de la persona distinguida.
Hebilla: La hebilla será dorada.
Cinta: La cinta será tricolor con los colores de la ikurriña.
– Esta distinción comprende las siguientes modalidades:
Para personas físicas: Medalla.
Para entidades: Placa de Honor.
La Medalla, cuyo modelo se reproduce en el Anexo III.1, tiene la siguiente descripción:
Anverso: Medalla dorada de forma circular con un reborde de relieve en su corona exterior. En el centro llevará la figura de un Dantzari en actitud de saludo, rodeándole las inscripciones «Euskal Herriak», en su parte superior, y «Lagun Onari», en su parte inferior. Las dos inscripciones describen un círculo sobre el dantzari, y están separadas por dos lauburus.
Reverso: En el reverso de la medalla irá grabado el escudo heráldico del Gobierno Vasco, con la inscripción «Eusko Jaurlaritza-Gobierno Vasco», y la fecha de entrega. En la parte superior quedará un espacio para grabar el nombre y apellidos de la persona distinguida.
Hebilla: La hebilla será dorada.
Cinta: La cinta será tricolor con los colores de la ikurriña.
La Placa de Honor, cuyo modelo se reproduce en el Anexo III.1, tiene la siguiente descripción:
Será dorada de forma circular con un reborde de relieve en su corona exterior. En la parte superior llevará la inscripción «Euskal Herriak», en la parte inferior la inscripción «Lagun Onari», rodeando la figura de un dantzari en actitud de saludo. Las dos inscripciones describen un círculo sobre el dantzari, y están separadas por dos lauburus.
Sobre el dantzari irá el escudo heráldico del Gobierno Vasco con su denominación oficial y en la parte inferior quedará un espacio para grabar el nombre de la entidad distinguida y la fecha de entrega.
– Para este supuesto la distinción comprende las siguientes modalidades:
Para personas físicas: Medalla.
Para entidades: Placa de Honor.
La Medalla, cuyo modelo se reproduce en el Anexo III.2, tiene idéntica descripción que la detallada en el artículo 9.2, sobre una forma octogonal.
La Placa de Honor, cuyo modelo se reproduce en el Anexo III.2, tiene idéntica descripción que la Placa de Honor detallada en el artículo 9.2, sobre fondo oval.
Las distinciones tienen, asimismo, carácter personal e intransferible, y su concesión confiere los siguientes derechos:
a la expedición del título acreditativo, autorizado con la firma del Lehendakari del Gobierno Vasco.
a exhibir el galardón otorgado.
a hacer constar la condición de distinguido en las publicaciones, documentos o antecedentes del interesado.
De oficio, a propuesta del Lehendakari o de cualquiera de los miembros del Consejo del Gobierno Vasco.
A instancia de otras Instituciones públicas o privadas.
La tramitación de los expedientes no podrá iniciarse a instancia del propio interesado.
La iniciativa deberá ser motivada, entendiéndose desestimada si en el plazo de seis meses el Lehendakari no se ha pronunciado sobre ella.
Los méritos y circunstancias que concurren en el candidato.
La documentación acreditativa de dichos méritos.
Los informes que, en cada caso, se consideren oportunos.
Fecha de iniciación del expediente.
Datos personales de la persona propuesta, que serán comunicados por éste a través del correspondiente cuestionario que se actualizará anualmente.
Disposición que le otorga la distinción y su fecha.
Fecha de imposición de la condecoración.
Todos aquellos datos que se consideren necesarios.
El Libro de Registro estará dividido en secciones, una para cada una de las distinciones.
La revocación se llevará a cabo por el mismo procedimiento previsto para la concesión.
El Lehendakari del Gobierno Vasco podrá, con motivo de encuentros sociales, culturales, económicos y comerciales, expedir diplomas de reconocimiento y afecto a personas que por su meritoria labor destaquen en su actividad y en sus iniciativas.
De la concesión de estos diplomas se informará al Consejo de Gobierno y se hará constar en una sección específica del Libro de Registro.
El Gobierno Vasco podrá distinguir también honoríficamente a personas o instituciones dando su nombre a servicios o establecimientos que gestione la Administración General de la CAPV.
Las distinciones en el ámbito policial seguirán reguladas por el Decreto 44/1986, de 25 de febrero, por el que se crea la Medalla al Reconocimiento de la Labor Policial, condiciones y derechos de la misma, y por las demás disposiciones en vigor.
Queda derogado el Decreto 86/1983, de 2 de mayo, por el que se crea la distinción de la «CRUZ DEL ÁRBOL DE GERNIKA» , y cuantas disposiciones se opongan a lo regulado en el presente Decreto.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de octubre de 1996.
El Lehendakari,
Materialak: zilarrezko oinarria, 925 milarenekoa, eta 24 k.ko lege-urrez xeflatua.
Lodiera: 5 mm., kanpo neurrikoa.
Koloreak
Barreneko gurutzea: gorriz esmaltatua. Pantonea: 1.807 C.
Erdialdeko zirkuluak, aurrealdea eta atzealdea: urrezko zirkuluaren gain armarria, arbola eta gurutzea, koloretan esmaltaturik.
Letrak: erliebean.
Persona izena: erliebe baxuan.
Marrazkien profila: urrea.
Euskarria eta oinarria
Belarria, heldulekua eta birreldulekua, zilarrezkoa, urrez xaflatua.
Bi modelutako zinta, bata hiru kolorekoa, ikurriñak dituen koloreekin eta bestea, berdea.
Neurria
Gurutzearen neurria: 45 x 45 mm.
Materiales: Base en plata de 925 milésimas y chapado en oro de ley de 24 k..
Grosor: 5 mm. de medida exterior.
Coloreado
Fondo de cruz: Esmaltado en rojo. Pantone: 1.807 C.
Círculos centrales, anverso y reverso: Cruz, árbol y escudo esmaltados en sus colores sobre círculo en oro.
Letras: En relieve.
Personalización: En bajo relieve.
Perfil de los dibujos: Oro.
Sujeción y soporte
Hebilla, asa y reasa en plata y chapado en oro.
Cinta en dos modelos, uno tricolor con los colores de la Ikurrina, y otro de color verde.
Tamaño
Tamaño de la cruz: 45 x 45 mm.
Materialak: zilarrezko oinarria, 925 milarenekoa, eta 24 k.ko lege-urrez xaflatua.
Lodiera: 3 mm.
Koloreak
Esmaltatutako haritzaren ostoa. Pantonea: 355 U.
Esmaltatutako engranajea. Pantonea: 877 U
Letrak: erliebean.
Pertsonaren izena: erliebe baxuan.
Euskarria eta oinarriak
Belarria, heldulekua eta birreldulekua zilarrezkoak, urrez xaflaturik.
Hiru koloreko zinta, ikurriñak dituen koloreekin.
Neurria:
Kanpoko neurria: 45 x 45 mm.
Materiales: Base en plata de 925 milésimas y chapado en oro de ley de 24 k. .
Grosor: 3 mm.
Coloreado
Hoja de roble esmaltada. Pantone 355 U.
Engranaje esmaltado. Pantone 877 U
Letras: En relieve.
Personalización: En bajo relieve.
Sujeción y soporte
Hebilla, asa y reasa en plata y chapado en oro.
Cinta tricolor con los colores de la Ikurrina.
Tamaño
Tamaño exterior: 45 x 45 mm.
Domina/Medalla
Materialak: zilarrezko oinarria, 925 milarenekoa, eta 24 k.ko lege-urrez xaflatua.
Lodiera: 3 mm.
Koloreak
Esmaltatutako irudia. Pantonak: WARM RED U - 355 U - COOL GRAY 9U - 877 U - 142 U - 471 U - BELTZA - ZURIA.
Letrak: erliebean.
Pertsonaren izena: erliebe baxuan.
Euskarriak eta oinarriak
Belarria, heldulekua eta birreldulekua zilarrezkoak, urrez xaflaturik.
Hiru koloreko zinta, ikurriñak dituen koloreekin.
Neurria:
Kanpoko neurria: 45 x 45 mm.
Materiales: Base en plata de 925 milésimas y chapado en oro de ley de 24 k..
Grosor: 3 mm.
Coloreado
Figura esmaltada. Pantones WARM RED U - 355 U - COOL GRAY 9U - 877 U - 142 U - 471 U - NEGRO - BLANCO.
Letras: En relieve.
Personalización: En bajo relieve.
Sujeción y soporte
Hebilla, asa y reasa en plata y chapado en oro.
Cinta tricolor con los colores de la Ikurrina.
Tamaño
Tamaño exterior: 45 x 45 mm.
Ohorezko plaka/Placa de Honor
Materialak: zilarrezko oinarria, 925 milarenekoa, eta 24 k.ko lege-urrez xaflatua.
Lodiera: 1 mm.
Beheko ezpaina erliebean.
Estanpazioko manipulatua
Koloreak
Esmaltatutako irudia. Pantonak: WARM RED U - 355 U - COOL GRAY 9U - 877 U - 142 U - 471 U - BELTZA - ZURIA
Letrak: erliean.
Pertsonaren izena: erliebe baxuan.
Neurria
Neurria: 160 mm.ko diametroa.
Materiales: Base en plata de 925 milésimas y chapado en oro de ley de 24 k..
Grosor: 1 mm.
Labio exterior en relieve.
Manipulado de estampación.
Coloreado
Figura esmaltada. Pantones WARM RED U - 355 U - COOL GRAY 9U - 877 U - 142 U - 471 U - NEGRO - BLANCO.
Letras: En relieve.
Personalización: En bajo relieve.
Tamaño
Tamaño: 160 mm. de diámetro.
Domina/Medalla
Dominarentzat III.1 eraskinean jasotako ezaugarri tekniko berberak ditu; oktogonala izango da.
Con especificaciones técnicas idénticas que las recogidas en el anexo III.1 para la Medalla, sobre un fondo octogonal.
Ohorezko plaka/ Placa de Honor
Ohorezko plakarentzat III.1 eraskinean jasotako ezaugarri tekniko berberak ditu; obalatua izango da, 165 x 135 mm.koa izango dela.
Con especificaciones técnicas idénticas que las recogidas en el anexo III.1 para la Placa de Honor, sobre un fondo oval, con medidas de 165 x 135 mm.