- DECRETO 72/1982, de 8 de Marzo, por el que se amplían las competencias y composición de la Comisión de Precios de Euskadi. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirDECRETO 72/1982, de 8 de Marzo, por el que se amplían las competencias y composición de la Comisión de Precios de Euskadi.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Comercio y Turismo
- Estado vigencia: Derogado
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 49
- Nº orden: 443
- Nº disposición: 72
- Fecha de disposición: 08/03/1982
- Fecha de publicación: 23/04/1982
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos
Texto legal
Atribuidas al Departamento de Comercio y Turismo por Decretos 13/1982 y 14/1982 de 1 de Febrero, las competencias transferidas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por Real Decreto 1.300/1981 de 18 de Diciembre, en materia de formatos, precios y pesos máximos del pan común, y márgenes comerciales máximos de la venta de carne al detall, es preciso determinar el Organo del citado Departamento al que se asignan. Asimismo, las facultades que correspondan a los Gobernadores Civiles, referentes a las aprobaciones de tarifas de Servicios Públicos de competencia local, fueron adscritas al Departamento de Comercio y Turismo por el Decreto 12/1981. Por otra parte, aprobado recientemente el Estatuto del Consumidor, parece conveniente que la audiencia y participación de los consumidores en aquellos temas que les afectan, se debe efectuar a través de aquellas organizaciones que se hallen debidamente registradas en el Censo de Asociaciones de Consumidores creado por Decreto 99/1981, de 17 de Agosto. En su virtud y previa deliberación del Gobierno Vasco en su reunión de 8 de Marzo de 1982, y a propuesta del Consejero de Comerció y Turismo, DISPONGO Artículo I.° La Comisión de Precios de Euzkadi ejercerá las siguientes competencias, además de las establecidas en el Decreto de 20 de Agosto de 1980: 1. Las competencias que el Departamento de Comercio y Turismo tiene atribuidas en virtud del Decreto 12/1981, de 22 de Enero, referentes a la aprobación de las tarifas de los Servicios Públicos de competencia local. 2. Las funciones atribuidas por Decreto 18/1982, de 1 de Febrero, al Departamento de Comercio y Turismo en materia de formatos, precios y pesos máximos del pan común. 3. Las facultades atribuidas por Decreto 14/1982 de 1 de Febrero, al Departamento de Comercio y Turismo, en materia de márgenes comerciales máximos a aplicar por los detaIlistas carniceros en la venta al público de diferentes clases de carnes.Artículo 2.° El apartado 1.l del artículo 4.° del Decreto del Departamento de Comercio y Turismo de 20 de Agosto de 1980, quedará redactado como sigue: 1.1. Miembros con vox y voto - Un Presidente, que será designado por el Consejero de Comercio y Turismo. - Once vocales, distribuidos de la siguiente forma: - Ocho, con rango de Viceconsejero o Director y designados por los titulares de los siguientes Departamentos: Economía y Hacienda, Trabajo, Política Territorial y Obras Públicas, Sanidad y Seguridad Social, Agricultura, Industria, Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos y Secretaría de Presidencia. - Dos Vocales representantes de las Asociaciones de Consumidores, debidamente registradas en el Censo creado por Decreto 99/1981 de 17 de Agosto. - Y un vocal representante de las Organizaciones Sindicales representativas. Dado en Vitoria-Gasteiz, a ocho de Marzo de mil novecientos ochenta y dos. EL Presidente, CARLOS GARAIKOETXEA URRIZA. El Consejero de Comercio y Turismo, CARLOS BLASCO DE IMAZ.
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Historia normativa (6)
- Derogada por: DECRETO 230/1988, de 30 de agosto, por el que se reestructura la Comisión de Precios de Euskadi.
- Véase: ORDEN de 29 de Marzo de 1982, en la que se clarifica y determina el alcance del artículo primero del Decreto 53/1982, de 8 de Marzo, por el que se garantiza el funcionamiento del servicio público de la Sociedad "Transportes Colectivos, S. A.".
- Véase: DECRETO 14/1982, de 1 de Febrero, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre traspaso de Servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Comercio Interior, Colegios Oficiales de Agentes ComerciaIes y Certámenes Feriales.
- Véase: DECRETO 13/1982, de 1 de Febrero, por el que se da nueva redacción al artículo segundo del Decreto 12/1981, de 22 de Enero, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Ferias Interiores, Reforma de Estructuras Comerciales y Disciplina de Mercado.
- Véase: DECRETO 99/1981, de 17 de Agosto, por el que se crea el Censo de Asociaciones de Consumidores.
- Véase: DECRETO 12/1981, de 22 de Enero, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Ferias Interiores, Reforma de Estructuras Comerciales y Disciplina de Mercado.