- DECRETO 94/1985, de 2 de abril, por el que se dictan normas relativas a las indicaciones de calidad, edad y crianza de los vinos en la Comunidad Autónoma del País Vasco (Corrección de errores). - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirDECRETO 94/1985, de 2 de abril, por el que se dictan normas relativas a las indicaciones de calidad, edad y crianza de los vinos en la Comunidad Autónoma del País Vasco (Corrección de errores).
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Agricultura y Pesca
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 90
- Nº orden: 848
- Nº disposición: 94
- Fecha de disposición: 02/04/1985
- Fecha de publicación: 30/04/1985
Ámbito temático
- Materia: Medio natural y vivienda
- Submateria: Agricultura y pesca
Descriptores
Texto legal
Advertidos errores en el texto del citado Decreto, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n° 84, de 22 de abril de 1985, se transcriben a continuación las correcciones correspondientes: En el artículo 1°, párrafo tercero, donde dice «Se revisarán las partidas de vino en la bodega elaborada», debe decir «Se revisarán las partidas de vino en la bodega elaboradora». En el artículo 6°, donde dice «sus características del vino de calidad», debe decir «sus características de vino de calidad».
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Historia normativa (2)
- Véase: DECRETO 241/1986 de 4 de noviembre, por el que se delega en la Excma. Diputación Foral de Alava el ejercicio de las funciones que corresponden al Departamento de Agricultura y Pesca según el Decreto 94/ 1985 de 2 de abril.
- Corrección de errores: DECRETO 94/1985, de 2 de Abril, por el que se dictan normas relativas a las indicaciones de calidad, edad y crianza de los vinos en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Competencias y transferencias
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Documentación de relevancia jurídica
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