- DECRETO 155/1989, de 11 de julio, por el que se reconoce de Utilidad Pública a la entidad «Asociación de sordos de Bilbao», de Bilbao. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirDECRETO 155/1989, de 11 de julio, por el que se reconoce de Utilidad Pública a la entidad «Asociación de sordos de Bilbao», de Bilbao.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Hacienda y Finanzas; Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico; Trabajo y Seguridad Social
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 136
- Nº orden: 1978
- Nº disposición: 155
- Fecha de disposición: 11/07/1989
- Fecha de publicación: 17/07/1989
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública
Descriptores
Texto legal
Advertidos errores en el texto de la citada Orden publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, número 116, de 19 de Junio de 1989, se procede a continuación a la oportuna corrección: En la página 4055, artículo 1, segundo párrafo, donde dice: «y con sujección a lo dispuesto», debe decir: «y con sujeción a lo dispuesto». En la página 4059, artículo 7, número 5, donde dice: «no se solicitan en el término», debe decir: «no se soliciten en el término». En la página 4061, Anexo I, último párrafo, donde dice: «En ......, a..... de 1989», debe decir: «En ..... , a..... de ...... de 1989». En la página 4064, Anexo III, número 2, donde dice: «Orden de 1 de Marzo de 1989 del mencionado Departamento», debe decir: «Orden de 9 de Mayo de 1989 del mencionado Departamento».En atención a las actividades desarrolladas por la «Asociación de Sordos de Bilbao», con domicilio en C/ Grupo Santo Domingo Guzmán, 11 de Bilbao, el Gobierno considera que procede reconocer de utilidad pública a la citada entidad, por considerar que promueve el interés general de Euskadi en el área de bienestar social, a través de los múltiples servicios que presta de tipo asistencial y cultural. Conforme a lo dispuesto en la Ley 3/1988, de 12 de Febrero, sobre Asociaciones y a tenor del Decreto 75/86, de 28 de Enero, por el que se aprueba la publicación del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 28 de Noviembre de 1985 en materia de Asociaciones y el Decreto 77/86, de 25 de Marzo, por el que se crea el Registro General de Asociaciones, compete al Consejo de Gobierno el presente reconocimiento de Utilidad Pública. En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia, justicia y Desarrollo Autonómico, Hacienda y Finanzas, y Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de julio de 1989 DISPONGO:Artículo único.- Se reconoce de Utilidad Pública a la «Asociación de Sordos de Bilbao», inscrita con el número 80 en el extinguido Registro Provincial de Bizkaia, por considerar que contribuye a la promoción del interés general de Euskadi mediante el desarrollo de sus funciones. Asimismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta Declaración previstos en el artículo 22.2 de la Ley 3/1988, de 12 de Febrero. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de julio de 1989. El Lehendakari, JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Presidencia, justicia y Desarrollo Autonómico, JUAN RAMON GUEVARA SALETA. El Consejero de Hacienda y Finanzas, ALFONSO BASAGOITI ZABALA. El Consejero de Trabajo y Seguridad Social, JOSE IGNACIO ARRIETA HERAS.
Contenidos relacionados.
Historia normativa
- Véase: LEY 3/1988, de 12 de Febrero, de Asociaciones.
- Véase: DECRETO 77/1986, de 25 de Marzo, por el que se crea el Registro General de Asociaciones.
- Véase: DECRETO 75/1986, de 28 de Enero, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 28 de Noviembre de 1985 en materia de Asociaciones.