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  • DECRETO 150/1993, de 25 de mayo, por el que se aprueban los presupuestos para 1993 de la Sociedad Pública «Legazpiko Industrialdea, S.A.». - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus

Normativa

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DECRETO 150/1993, de 25 de mayo, por el que se aprueban los presupuestos para 1993 de la Sociedad Pública «Legazpiko Industrialdea, S.A.».

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Economía y Hacienda
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 117
  • Nº orden: 2004
  • Nº disposición: 150
  • Fecha de disposición: 25/05/1993
  • Fecha de publicación: 23/06/1993

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda
  • Submateria: Hacienda

Texto legal

El Decreto 105/1993, de 20 de abril, autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. la creación de la sociedad pública «Legazpiko Industrialdea, S.A.». Una vez creada la misma, en aplicación del artículo 6-4) de la Ley 8/1992 de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para l993, que faculta al Consejo de Gobierno a aprobar los presupuestos de las sociedades públicas que se creen con posterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, y con el fin de dotar a la sociedad pública de los medios legales necesarios para su funcionamiento durante el presente ejercicio, se hace precisa la aprobación de su presupuesto para l993. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 25 de mayo de l993, DISPONGO:Artículo único.- Aprobar los Presupuestos de Explotación y Capital para 1993 de la Sociedad Pública «Legazpiko Industrialdea, S.A.» con unas dotaciones por un importe total de 4.145.000 y 631.005.000 PTA respectivamente. Los recursos estimados para dicha sociedad ascienden al mismo importe. En Anexo al presente decreto se señala el desglose de los citados presupuestos, que incluyen los estados financieros previsionales correspondientes.DISPOSICION FINAL El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 25 de mayo de 1993. El Lehendakari, JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Economía y Hacienda, JOSE LUIS LARREA JIMENEZ DE VICUÑA.

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