- DECRETO 72/2002, de 20 de marzo, por el que se crea y regula la Delegación de Euskadi en México. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirDECRETO 72/2002, de 20 de marzo, por el que se crea y regula la Delegación de Euskadi en México.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
- Estado vigencia: Derogado
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 66
- Nº orden: 2051
- Nº disposición: 72
- Fecha de disposición: 20/03/2002
- Fecha de publicación: 09/04/2002
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos; Institucional
Texto legal
Los países iberoamericanos han sido destino prioritario de los movimientos migratorios de la población vasca y, con el tiempo, las iniciales relaciones afectivas y culturales han ido enriqueciéndose con relaciones económicas, de forma que los vínculos entre el pueblo vasco y los pueblos de dichos países han ido fortaleciéndose y estrechándose.
La actual situación de declive económica que padece Iberoamérica, unida a los especiales vínculos que nos unen, hace que se estrechen las relaciones con estos países, especialmente, en tres ámbitos: la cooperación al desarrollo, la atención a las Colectividades Vascas y las relaciones socio-económicas y culturales.
La atención a las Colectividades Vascas fue impulsada, sobre todo, a partir de 1994, con la Ley 8/1994, de 27 de mayo, de Relaciones con las Colectividades y Centros Vascas en el exterior de la Comunidad Autónoma del País Vasco; con esta Ley dio comienzo una nueva etapa histórica de relaciones con las Colectividades Vascas en el Exterior. Tal y como se recoge en la Exposición de Motivos de la citada Ley, entre los objetivos de la norma destacaba el de institucionalizar las relaciones sociales, culturales y económicas y el del fomento y la protección integral de los vascos en el exterior, mediante el reconocimiento de una serie de derechos y prestaciones. El transcurso del tiempo ha puesto de manifiesto que para la efectividad de los objetivos reconocidos en la Ley, es preciso establecer cauces adecuados de colaboración y participación.
El fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la tierra es el pilar de la Cooperación para el Desarrollo. En este sentido la Ley estatal 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, consagra la necesidad de promover un desarrollo humano global, en orden a asegurar y potenciar la eficacia y coherencia de las políticas de Cooperación para el Desarrollo, con el objetivo de erradicar la pobreza en el mundo, así como la promoción de un crecimiento económico duradero sostenible en los países en desarrollo. En este sentido la propia Ley establece que la actividad que se realice desde las Comunidades Autónomas es fruto de una expresión solidaria de la propia sociedad, al tiempo que se basa en los principios de autonomía presupuestaria y autorresponsabilidad en su desarrollo y ejecución.
La Comunidad Autónoma de Euskadi tiene un permanente compromiso solidario en los países en desarrollo, y a ellos destina el 0.7% del presupuesto operativo.
La importancia de los recursos destinados a este fin requiere de una estructura y de unos cauces que posibiliten la materialización de las finalidades de la Cooperación para el Desarrollo.
En el marco iberoamericano, México es uno de los países al que la Comunidad Autónoma de Euskadi destina una importante ayuda, en la cooperación para el desarrollo. Y es precisamente en México, donde la Comunidad Autónoma de Euskadi, realiza una actividad con proyección internacional, en el ámbito de los títulos competenciales que le corresponden. La trascendencia y volumen de estas actividades aconsejan el establecimiento de una Delegación de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con el fin de cohesionar las actividades de relieve internacional y las actividades que la Comunidad Autónoma de Euskadi desarrolla en México en las áreas de la Cooperación al Desarrollo y de las Colectividades Vascas.
En su virtud, y a propuesta de la Presidencia del Gobierno¿Lehendakaritza, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 20 de marzo de 2002.
Se crea en el seno de la Secretaría General de Acción Exterior, la Delegación de Euskadi en México.
La Delegación de Euskadi en México es el órgano de representación de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de Cooperación al Desarrollo, de relaciones con las Colectividades Vascas y de defensa y promoción de intereses multisectoriales en el ámbito de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Con carácter general, corresponde a la Delegación de Euskadi en México en el marco de actuación señalado en el artículo anterior las siguientes funciones:
Promover la colaboración y el encuentro entre los agentes sociales de la Comunidad Autónoma de Euskadi en México.
Servir de órgano de relación para el establecimiento de visitas, encuentros, e intercambios de información.
Servir de infraestructura y de centro de apoyo para el establecimiento de encuentros en México entre operadores de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Asesoramiento técnico, orientación e información sobre los servicios y actuaciones de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Evaluar las previsiones de las necesidades de los operadores de la Comunidad Autónoma de Euskadi en México y canalizar las propuestas correspondientes.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 20 de marzo de 2002.
El Lehendakari,