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  • ORDEN de 22 de enero de 2002, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Vivienda y Asuntos Sociales, de creación de la Mesa de Contratación del Departamento de Vivienda Y Asuntos Sociales. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus

Normativa

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ORDEN de 22 de enero de 2002, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Vivienda y Asuntos Sociales, de creación de la Mesa de Contratación del Departamento de Vivienda Y Asuntos Sociales.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Hacienda y Administración Pública; Vivienda y Asuntos Sociales
  • Estado vigencia: Derogado

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 46
  • Nº orden: 1440
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 22/01/2002
  • Fecha de publicación: 06/03/2002

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda
  • Submateria: Departamentos; Hacienda

Texto legal

El Decreto 136/1996, de 5 de junio, sobre Régimen de la Contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi dispone, en su artículo 4, que en cada Departamento se creará por Orden conjunta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y del Consejero del Departamento correspondiente, una única Mesa de Contratación.

En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de la Contratación Administrativa,

  1. ¿ Adscrita a la Dirección de Servicios se crea la Mesa de Contratación del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales para el ejercicio de las funciones y con el ámbito de actuación previstos en los artículos 7 y 5 del Decreto 136/1996, de 5 de junio.

  2. ¿ La referida Mesa estará compuesta por los siguientes miembros:

    1. Presidente: El responsable del Servicio de Asesoría Jurídica de la Dirección de Servicios. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal será sustituido por un letrado del Servicio de Asesoría Jurídica.

    2. Vocal en representación del Órgano de Contratación designado por éste.

    3. Tres vocales en representación, uno, de la Oficina de Control Económico, otro, de la Dirección de Patrimonio y Contratación, y otro, de la Dirección de Informática y telecomunicaciones, este último únicamente en los expedientes referidos a bienes y servicios informáticos, designados por sus respectivos titulares.

    4. Vocal-Secretario: El Responsable del Servicio de Contratación de la Dirección de Servicios, que ejercerá las funciones de Asesor Jurídico y Secretario de la Mesa con voz y voto. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal será suplida por el técnico de ingresos y gastos de la Dirección de Servicios.

      Conforme a lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 6 del Decreto 136/1996, las designaciones, en su caso, no efectuadas con carácter singular, y las suplencias no previstas en la presente Orden, serán acordadas por el Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, salvo que en la presente Orden se disponga otra cosa. Dichas designaciones se efectuarán procurando la menor alternancia posible en las personas designadas y de ellas se dejará constancia en el expediente.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de enero de 2002.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales,

JAVIER MADRAZO LAVÍN.

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