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  • ORDEN de 18 de abril de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se somete a información pública, a efectos de declaración de la necesidad de ocupación, la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación Zona de Especial Protección para las Aves «Txingudi», Zaldiferra y Bekoerrota, Hondarribia. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus

Normativa

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ORDEN de 18 de abril de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se somete a información pública, a efectos de declaración de la necesidad de ocupación, la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación Zona de Especial Protección para las Aves «Txingudi», Zaldiferra y Bekoerrota, Hondarribia.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 88
  • Nº orden: 2474
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 18/04/2018
  • Fecha de publicación: 09/05/2018

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa
  • Submateria: Urbanismo y vivienda; Medio Ambiente; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

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En el día de hoy esta Consejería ha adoptado la Orden que a continuación se publica:

Abrir un periodo de información pública durante un plazo de quince días hábiles, a efectos de proceder a la declaración de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiaciónZona de Especial Protección para las Aves «Txingudi», Zaldiferra y Bekoerrota, Hondarribia que se detallan en la relación anexa.

Durante dicho periodo las personas interesadas podrán aportar por escrito los datos necesarios en orden a rectificar posibles errores en dicha relación u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación, supuesto en el que deberán indicarse los motivos por los que se considere preferente la ocupación de bienes o la adquisición de derechos no incluidos en ella por considerarse más convenientes para el fin perseguido.

Las alegaciones podrán presentarse en la Delegación Territorial de Vivienda en Gipuzkoa del Departamento Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, sita en Andia, 13, San Sebastián, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.

Durante el referido plazo, la adjunta relación de bienes y derechos quedará asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Hondarribia a los efectos indicados.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de abril de 2018.

El Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

(Véase el .PDF)