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  • RESOLUCIÓN de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se deja sin efecto la bolsa de agentes interinos e interinas de policía local, para prestar servicios de forma temporal en dicho cuerpo. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus

Normativa

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RESOLUCIÓN de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se deja sin efecto la bolsa de agentes interinos e interinas de policía local, para prestar servicios de forma temporal en dicho cuerpo.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Academia Vasca de Policía y Emergencias; Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 222
  • Nº orden: 5404
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 06/11/2019
  • Fecha de publicación: 21/11/2019

Ámbito temático

  • Materia: Seguridad y justicia; Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
  • Submateria: Interior; Trabajo y empleo; Función pública

Texto legal

En el BOPV n.º 129 de 9 de julio de 2019, ha sido publicada la Ley 7/2019, de 27 de junio de quinta modificación de la Ley de Policía del País Vasco.

En el artículo 118 del citado texto legal, se establece que la escala de inspección y la escala básica, quedan clasificada en el grupo C, subgrupo C1.

La nueva redacción de la Ley modifica el subgrupo de clasificación de la escala básica al que anteriormente correspondía el C2.

La selección de las personas integrantes de bolsa de agentes interinos, creada en el año 2014 y mantenida hasta la actualidad, se realizó en base a los requisitos de titulación requeridos en el subgrupo C2, por lo que dicha bolsa no se adecua a lo establecido en el vigente texto legal.

Por ello, y en virtud de las competencias conferidas por los artículos 8 del Decreto 96/2010, por el que se establece la estructura de la Academia de Policía del País Vasco; 23 y 26 de la Ley 15/2012, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi, y demás legislación vigente aplicable,

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien podrán impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación. En este último caso, deberán respetarse las reglas de competencia territorial de los Juzgados de lo contencioso-administrativo, contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Arcaute, a 6 de noviembre de 2019.

La Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias,

MALENTXO ARRUABARRENA JULIÁN.