- ORDEN de 29 de Marzo de 1982, en la que se clarifica y determina el alcance del artículo primero del Decreto 53/1982, de 8 de Marzo, por el que se garantiza el funcionamiento del servicio público de la Sociedad 'Transportes Colectivos, S. A.'. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirORDEN de 29 de Marzo de 1982, en la que se clarifica y determina el alcance del artículo primero del Decreto 53/1982, de 8 de Marzo, por el que se garantiza el funcionamiento del servicio público de la Sociedad "Transportes Colectivos, S. A.".
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Trabajo; Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 44
- Nº orden: 393
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 29/03/1982
- Fecha de publicación: 01/04/1982
Ámbito temático
- Materia: Transportes y obras públicas; Asuntos sociales y empleo
- Submateria: Trabajo y empleo
Texto legal
El Decreto 53/1982, de 8 de Marzo, por el que se garantiza el funcionamiento del servicio público de la Sociedad "Transportes Colectivos, S. A.", en su artículo primero establece que en la totalidad de las líneas y trayectos deberán mantenerse como servicios mínimos un tercio de las que se prestan en situaciones de normalidad. Como quiera que tal redacción pudiera prestarse a distintas interpretaciones y repercutir, en definitiva, sobre el verdadero alcance del mencionado Decreto, Este Departamento de Trabajo, juntamente con el de Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos dispone: Artículo único.-El servicio mínimo afectante a la totalidad de líneas y trayectos de los servicios urbanos e interurbanos, impuesto por el artículo 1 del Decreto 53/1982, de 8 de Marzo, comprende la conducción y cobro de billetes en los vehículos y las atenciones de mantenimiento, repostaje, limpieza y reparación de los mismos. Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Vitoria-Gasteiz, a 29 de Marzo de 1982. Consejero del Departamento de Trabajo, MARIO FERNANDEZ PELAZ. Consejero del Departamento de Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos, JOSE LUIS ROBLES CANIBE.