- DECRETO 295/1988, de 8 de noviembre, por el que se crea la modalidad de alojamiento turístico-agrícola. (Corrección de errores) - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirDECRETO 295/1988, de 8 de noviembre, por el que se crea la modalidad de alojamiento turístico-agrícola. (Corrección de errores)
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Agricultura y Pesca; Cultura y Turismo
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 1
- Nº orden: 2
- Nº disposición: 295
- Fecha de disposición: 08/11/1988
- Fecha de publicación: 02/01/1989
Ámbito temático
- Materia: Actividades Económicas
- Submateria: Comercio y turismo
Descriptores
Texto legal
Advertido error en el texto del citado Decreto, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n° 233, de 13 de diciembre, se procede a su oportuna rectificación: En el artículo 18, donde dice: «Las solicitudes deberán presentarse en los Departamentos de Agricultura de las respectivas Diputaciones Forales a través de las Asociaciones de Agricultura de Montaña, donde existan, y una vez informados. serán elevados al Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco para su informe y al Departamento de Agricultura y Pesca para su resolución.» debe decir: «Las solicitudes deberán presentarse en los Departamentos de Agricultura de las respectivas Diputaciones Forales a través de las Asociaciones de Agricultura de Montaña, donde existan, y una vez informados, serán elevados al Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco para su informe y al Departamento de Agricultura del Territorio Histórico correspondiente para su resolución».