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  • DECRETO 183/1993, de 22 de junio, sobre Dotaciones de Infraestructura de Telecomunicaciones, en el interior de los edificios. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus

Normativa

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DECRETO 183/1993, de 22 de junio, sobre Dotaciones de Infraestructura de Telecomunicaciones, en el interior de los edificios.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 138
  • Nº orden: 2416
  • Nº disposición: 183
  • Fecha de disposición: 22/06/1993
  • Fecha de publicación: 22/07/1993

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Actividades Económicas
  • Submateria: Urbanismo y vivienda; Información y comunicaciones

Texto legal

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DISPOSICION FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el B.O.P.V. En Vitoria-Gasteiz, a 15 de julio de 1993. El Consejero de Interior, JUAN MARIA ATUTXA MENDIOLA.La influencia de las nuevas tecnologías de la comunicación en los edificios, y el uso generalizado de éstas en la actividad profesional y doméstica de sus ocupantes, hacen necesaria la regulacion en el proceso edificatorio de las canalizaciones y elementos complementarios mínimos necesarios, que garanticen una correcta instalación y funcionamiento para la transmisión de señales portadoras de voz a través de la Telefonía y otras telecomunicaciones por cable, en el interior de los edificios. En su virtud, a propuesta del Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 22 de junio de 1993, DISPONGO:Artículo 1.- Se preverán y se construirán instalaciones de canalizaciones y elementos complementarios necesarios para la incorporación de forma independiente de las redes de telefonía y otros servicios por cable, en las obras de nueva construcción o rehabilitación cuando conlleven obras de adecuación estructural y/o constructivas según se determina en el Anexo III del Decreto 189/1990, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y edificado para todos los edificios de uso residencial y con usos complementarios administrativo y comercial.Artículo 2.- La Norma Reglamentaria que define el diseño y dimensiones de las canalizaciones y elementos complementarios de las redes independientes, destinadas al servicio de telefonía y otros servicios por cable, para edificios definidos en el artículo anterior se desarrolla en el anexo de este Decreto.Artículo 3.- Las redes necesarias para la prestación de los servicios señalados en el art. 1.º, se instalarán obligatoriamente por las canalizaciones construídas de acuerdo con la normativa que se desarrolla en el anexo de este Decreto.Artículo 4.- La observación de este Decreto se hará constar en los proyectos arquitectónicos, debiendo quedar definido el diseño y dimensiones de las canalizaciones y elementos complementarios en el interior de los edificios.Artículo 5.- El Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco velará por el cumplimiento de este Decreto en los edificios que promuevan o supervisen de acuerdo con sus competencias, y a tal efecto podrán hacer las inspecciones que sean necesarias de los proyectos, las obras y los edificios.DISPOSICION TRANSITORIA Quedan excluídas de la obligatoriedad de la observancia de este Decreto las edificaciones de nueva planta o rehabilitación ya iniciadas, y las que hubieran obtenido licencia de obras con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto.DISPOSICION FINAL El presente Decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de junio de 1993. El Lehendakari, JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, JOSE ANTONIO MATURANA PLAZA.ANEXO NORMA REGLAMENTARIA DE REDES DE CANALIZACIONES Y ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS DE TELEFONIA Y OTROS SERVICIOS POR CABLE EN LOS EDIFICIOS DE USO RESIDENCIAL.Artículo 1.º.- Objeto. La normativa que se regula tiene como finalidad definir el diseño y dimensiones, que obligatoriamente habrá de tener la canalización y los elementos complementarios, para la incorporación de forma independiente de las redes de telefonía portadoras de señales de voz, y otros servicios de telecomunicación por cable, imagen y datos en el interior de los edificios.Artículo 2.º.- Definiciones. En toda instalación de telecomunicaciones se ha de distinguir entre la instalación propiamente dicha (denominada red) y soporte físico sobre el que se instalará la misma (denominada canalización). 2.1.- Definición de Pares Telefónicos. A efectos de esta norma se define un par como el conjunto de dos conductores de un cable telefónico convenientemente aislados que unen, físicamente, un local de abonado con su central telefónica. 2.2.- Red. La red es el conjunto de conductores, elementos de conexión y equipos activos que es necesario instalar para conseguir el enlace entre los aparatos instalados en los domicilios o locales de los usuarios y los equipos de conmutación propiedad de la compañía suministradora del servicio de telecomunicación. 2.2.1. Red de Alimentación del Edificio. Se compone de los cables multipares que llegan desde la central de la compañía suministradora del servicio hasta el Registro Principal en el interior del Edificio. El diseño de la misma y la realización de las obras necesarias para su instalación, es responsabilidad de la compañía suministradora del servicio. 2.2.2. Red Interior de Distribución. Es la parte de la red que une el Registro Principal, punto de terminación de la Red de Alimentación, con los Registros Secundarios situados en cada una de las plantas que componen el edificio. Una vez calculado el número de pares necesarios, se utilizará cable o combinación de cables normalizados de capacidad igual o superior a dicho valor. Los pares de la red de distribución quedarán terminados en el Registro Principal en la forma que se indica a continuación y con longitud suficiente para que puedan conectarse a los elementos de interconexión. - Los pares que tengan continuidad hasta los BAT, quedarán terminados en puntas e identificados con indicación de escalera, planta y puerta. - Los pares con continuidad en los registros secundarios y sin conectar a BAT, quedarán conectados a una regleta auxiliar y con los mismos datos. - Los pares no segregados en ningún registro secundario, quedarán conectados a la regleta auxiliar y con la indicación de vacantes. - Su diseño y realización será responsabilidad de la Propiedad. 2.2.3. Red Interior de Dispersión. Es la parte de la red que a nivel de cada planta del edificio une la red de distribución y los domicilios o los locales de los usuarios terminando en los Puntos de Conexión de Red (P.C.R.). Los cables interiores de abonado se conectarán a los correspondientes terminales de la regleta alojada en el interior del Registro Secundario. Esta conexión en la regleta se realizará ordenadamente, y de forma correlativa, de acuerdo con la ordenación de vivienda. Su diseño y realización será responsabilidad de la Propiedad. 2.2.4. Punto de conexión de Red (P.C.R.). Es el elemento de terminación de la Red del servicio de voz, imagen o datos, conmutada y punto de inicio de la Red interior del usuario. Se ubicará en el primer punto de entrada accesible al domicilio y en un registro específico para dicho dispositivo (Registro de conexión). 2.2.5. Red Interior del Usuario. Es la parte de la Red interior de la vivienda o local que partiendo del Punto de Conexión de Red (P.C.R.) terminan en las Bases de Acceso de Terminal, BAT o punto en que se conectan los terminales o aparatos. El par conectado a las Bases de Acceso terminal se conectará al P.C.R. prolongándose hasta los registros secundarios y principal. Se recomienda la instalación de 2 BAT por vivienda (salón y dormitorio principal). Su diseño y realización será responsabilidad de la Propiedad. 2.3.- Canalización. Está formada por el conjunto de elementos que son el soporte físico sobre el que se instalan las redes anteriormente descritas. 2.3.1. Punto de Entrada General. Lugar de acceso, desde el exterior, a la propiedad privada. 2.3.2. Canalización de Enlace. Conjunto de conductos y registros intermedios que unen el punto de entrada general con el punto de terminación de la Red de Alimentación. En ella se alojan los cables de la red de Alimentación. 2.3.3. Registro Principal. Registro en el que se produce la unión entre la Red de Alimentación y la Red de Distribución. 2.3.4. Recinto de Instalaciones de Telecomunicación (R.I.T.) Es el armario o local donde se ubican e instalan los Registros Principales para la red de voz y para la red de otras telecomunicaciones. 2.3.5. Canalización Principal. Conjuntos de conductos que conectan el Registro Principal con los Registros Secundarios que le corresponden en las diferentes plantas. 2.3.6. Registro Secundario. Son las cajas de registro que se intercalan en la Canalización Principal permitiendo el paso de los cables de la Red de Distribución así como la instalación de los equipos de conexión en los que termina dicha Red de Distribución en cada planta. Se ubicarán en zonas de uso común y fácilmente accesibles. 2.3.7. Canalización Secundaria. Es el conjunto de conductos que partiendo de los Registros Secundarios, unen a estos con los Registros de Paso y sirven de apoyo para la instalación de la Red de Dispersión. 2.3.8. Registro de Paso. Permite el tendido de los hilos u otro tipo de soporte físico entre los Registros Secundarios y el Registro de Conexión interior del usuario. 2.3.9. Canalización de conexión. Es el conducto que une el Registro de Paso con el Registro de Conexión. 2.3.10. Registro de Conexión. Son los registros donde se ubica el punto de conexión de Red y que instalados en el interior de la vivienda o local del usuario, permiten el tendido de los hilos u otro soporte físico hasta el Registro de Toma. 2.3.11. Canalización interior. Es el conducto que une el Registro de Conexión con el Registro de Toma. 2.3.12. Registro de Toma. Son las cajas que alojan el elemento de conexión, base de Acceso de Terminal (BAT) que une el hilo u otro soporte físico del usuario y el aparato terminal.Artículo 3.º.- Dimensionado de la Instalación. El dimensionado de las canalizaciones vendrá dado por el número mínimo de cables portadores de señal previsibles para el edificio. Para poder determinarlo y en cuanto a voz exclusivamente se establecen los siguientes criterios de necesidades según el tipo de uso a que se destine el local: De 1,5 a 2 pares por vivienda en edificios de uso residencial. De 1 a 1,5 pares por cada lugar de trabajo o cada 6 m. 2 de superficie útil en oficinas. De 1 a 1,5 pares por cada 75 m. 2 de superficie útil de local comercial. La elección de un valor intermedio dentro de los intervalos indicados quedará a juicio del proyectista, teniendo en cuenta el conjunto de características propias de cada caso: nivel socieconómico de la zona, espectativas más probables sobre el uso, etc. A efectos del diseño y dimensiones de las canalizaciones y elementos complementarios sobre los que se instalarán los otros servicios de telecomunicación, vídeo y datos se adoptarán por el proyectista los criterios de necesidades establecidos para las canalizaciones y elementos complementarios del servicio de telefonía.Artículo 4.º.- Condiciones de Diseño. 4.1.- Punto de Entrada General. Se construirá un pasamuros capaz de albergar dos conductos de 110 mm. de diámetro exterior. Este se situará preferentemente bajo rasante, siempre que las condiciones de la Red de Alimentación y las Ordenanzas Municipales lo permitan. 4.2.- Canalización de Enlace. Estará constituída por dos conductos de 110 mm. de diámetro exterior para las redes independientes de voz y otras telecomunicaciones, que discurrirán bien en superficie, sujetos mediante grapas separadas como máximo a una distancia de 1 m., o enterrados. Se instalarán interceptando estos conductos registros de enlace, que serán armarios o arquetas según sea la canalización aérea o subterránea en los siguientes puntos: a) Cada 30 m. de longitud en canalización aérea y cada 100 m. en canalización enterrada. b) En el punto de intersección de dos tramos rectos no alineados, o bien dentro de los 60 cm. antes de la intersección en uno de los tramos de los dos que se encuentren. En este último caso, el tramo nuevo que se alargue hasta el registro, tendrá un radio mínimo de 35 cm. y no presentará deformaciones en la parte cóncava de la tubería. c) En el punto de entrada general. TABLA 1 DIMENSIONES DE LOS REGISTROS DE ENLACE (EN CM) PARES RED ALIMENTACION ANCHO ALTO FONDO 100 PARES 70 50 12 Estarán constituidos por una caja que podrá ser plástica con resistencia a golpes y deformaciones y rigidez dieléctrica mínima de 15KV/MM o melética de acero galvanizado de 1 MM de espesor mínimo con recubrimiento interior homogéneo de material aislante de 1 MM de espesor. En ambos casos estarán previstos de puerta o tapa. TABLA 2 DIMENSIONES INTERIORES DE LAS ARQUETAS DE ENLACE (EN CM) PARES RED ALIMENTACION ANCHO ALTO FONDO 100 PARES 80 70 90 4.3.- Registros Principales. Su instalación se realizará bien empotrados en la pared o anclados exteriormente en la misma, y estarán ubicados en una zona de uso común en el interior del Recinto de instalaciones de Telecomunicación (R.I.T.), cuando éste sea necesario. TABLA 3 DIMENSIONES MINIMAS INTERIORES DEL ARMARIO DE LOS REGISTROS PRINCIPALES (EN CM). N.ºDE PARES DE RED ANCHO ALTO FONDO 200 * * * * Se elaborará un estudio específico, para ver la infraestructura idónea con que se ha de dotar al edificio en cuestión. En el fondo de estos registros se instalará una placa de material aislante (plástico o madera) que permita la futura fijación mediante tornillos de los elementos de la conexión necesarios. Tendrán una rigidez dieléctrica de 1.000 V. 4.4.- Recinto de Instalaciones de Telecomunicación (R.I.T.). Como se ha indicado dentro de este recinto se ubicarán los Registros Principales. Las dimensiones mínimas de este recinto se ajustarán a la siguiente tabla. (1) Este armario podrá ser de tipo metálico prefabricado para su instalación en superficie, o empotrado, o bien realizando una cavidad enlucida por su interior dotándole de puerta que se pueda fijar a dicho hueco. En cualquier caso, se preverá una cerradura con llave, alumbrado con interruptor y toma de corriente a 220 V y toma de tierra con una resistencia menor de 15 homios. (2) Este local estará ubicado en una zona común y a nivel superior de rasante, en caso contrario contará con sumidero para evitar la humedad. Se accederá al mismo mediante una puerta dotada de cerradura con llave de dimensiones mínimas de 2,03 x 0,82 y sentido de apertura al exterior. Contará con ventilación natural o forzada. Se preverá alumbrado con interruptor y toma de corriente a 220 V cuya base enchufable será de 16 A. Condiciones generales: En grupo de edificios adosados, de una misma propiedad o promoción, aunque se ejecuten por fases primará la instalación de un local (RIT) para dicho grupo de edificios sobre la instalación de armarios (RIT) individuales. En este caso, el local se ubicará en el edificio que se suponga vaya a ser primeramente ocupado. 4.5.- Canalizaciones Principales. Es el conjunto de conductos, en número suficiente, que partiendo de cada Registro Principal unirá éste con los diferentes Registros secundarios instalados en cada planta. Su instalación irá en disposición rectilínea y serán de PVC de 2,1 MM de espesor con una rigidez dieléctrica de 1.000 V. El n.º de conductos mínimos y su diámetro, en función de los cables de distribución a instalar en los mismos, se ajustarán a la siguiente tabla. TABLA 5 N..º DE CONDUCTOS MINIMOS Y DIMENSIONES INTERIORES DE LAS CANALIZACIONES EN MM. N.ºPARES N.º CONDUCTOS ø INTERIOR (MM) < 100 2 40 De 101 a 200 3 40 A partir de 200 pares será necesario realizar un estudio específico del dimensionado adecuado de esta canalización, ya que suele ser aconsejable la construcción de galerías verticales. Estos conductos no se deben instalar en chimeneas de ventilación ni patios no cubiertos. 4.6.- Registros Secundarios. Se instalarán en los siguientes casos: a) Cada cambio de dirección de la canalización principal. b) En los puntos de unión de la canalización principal y la secundaria. c) En tramos rectos, de la canalización principal, cada 15 m. como máximo. Se ubicarán en zonas comunes y de fácil acceso y tendrán una rigidez dieléctrica de 1000 V. TABLA 6 DIMENSIONES MINIMAS DE LOS REGISTROS SECUNDARIOS (EN CM). TIPO N.º CONDUCTOS ALTO ANCHO FONDO CANALIZACION PRINCIPAL A 2 20 20 6 B 3 40 40 10 Se pueden realizar de la siguiente forma: a) Empotrando en el muro una caja de las dimensiones determinadas. b) Construyendo un hueco en la pared de las dimensiones determinadas y dotándole de una puerta que se pueda fijar al hueco practicado. En ambos a una distancia de unos 30 cm del techo. En el fondo de estos registros se instalará una placa de material aislante (plástico o madera) que permita la posterior instalación sobre la misma de los elementos de conexión. Deberán quedar cerrados con tapa de plástico o metálica con tornillos de acero inoxidable fácilmente desmontables. 4.7.- Canalizaciones Secundarias. Constará de un número de conductos de PVC rígidos, con una rigidez dieléctrica de 1000 V como se determina a continuación, en función del n.º de conexiones que prevean establecer. N.º CONEXIONES 1-3 4-6 710 N.º CONDUCTOS 1 2 2 ø INTERIOR CONDUCTOS(MM) 16 20 32 Caso de superarse las 10 conexiones se dará a este tramo de canalización el mismo tratamiento que si fuera canalización principal. 4.8.- Registros de Paso. Se colocarán estos registros en los siguientes casos: a) Cada 15 m. de canalización secundaria. b) En los cambios de dirección con radio menor de 8 cm. Se admitirá un máximo de 3 curvas de 90ø entre dos cajas de paso. Estos registros irán empotrados en la pared provistos de tapa practicable y situados en zonas comunes, quedando la arista superior de la caja a una distancia de 10 a 20 cm. del techo. Sus dimensiones dependerán del o interior de los conductos de la canalización secundaria que son las siguientes: 4.9.- Canalizaciones de Conexión. Constará de un conducto de 16 mm. de diámetro interior. 4.10.- Registro de Conexión. Las cajas serán empotradas y en ningún caso se instalarán en el exterior de vivienda o local. Las dimensiones de estas cajas serán como mínimo de 10 cm. de alto por 15 cm. de ancho y 4 cm. de fondo. Serán de PVC rígido con una rigidez dieléctrica de 15 KV/MM y espesor mínimo de 2 MM. Estarán situadas en lugar accesible a una distancia mínima del suelo de 20 cm. y máximo de 180 cm. 4.11.- Canalización Interior. Constará de un conducto de 16 MM de diámetro interior y transcurrirá empotrado por el interior de la vivienda o local. 4.12.- Registros de Toma. En el interior de la vivienda o local quedarán instalados como mínimo dos registros de toma para telefonía y dos registros de toma para la red de otros servicios de telecomunicación, uno para vídeo y el otro para datos. Las cajas serán de PVC y con rigidez dieléctrica de 15 KV/MM y un espesor de 2 MM e irán empotrados a una distancia mínima del suelo de 20 cm. Las dimensiones interiores se ajustarán a las siguientes medidas: Cuadrada 60x60x40 MM; Circulares ø 60 MM profundidad 40 MM Especificaciones. Cables. Los cables de pares empleados en la red de dispersión serán ignófugos con aislamiento y cubierta de plástico. Los conductores serán de cobre electrolítico puro y estañado aislados por una capa continua de policloruro de vinilo, coloreados según código normalizado de colores. La cubierta estará constituida por una cinta de aluminio lisa y una capa continua de PVC. En la mayoría de los casos, el calibre de los conductores de los cables a utilizar serán de 0,405 MM de diámetro. Cuando por exceso de recorrido del cable o por cambios de dirección sea necesario prolongar su longitud, se utilizarán empalmes entre conductores, consiguiéndose la continuidad eléctrica de los conductores, aislamiento entre conductores y estanqueidad tras el cierre de la cubierta. La unión entre conductores se efectuará por torsión o por conectores. El cierre de cubiertas se efectuará mediante manguitos, termoretráctiles o con cintas armorcast. Los cables individuales de acometida a la vivienda o local estarán constituidos por dos conductores de cobre de 0,7 MM de diámetro dispuestos paralelamente y aislados con policloruro de vinilo de color negro, a los que se protegerá con una malla de alambre de acero galvanizado y una cubierta exterior también de policloruro de vinilo. Los cables interiores de abonados estarán formados por dos conductores aislados y separados por un puente de plástico que pueda rasgarse fácilmente para separar los conductores y facilitar su conexión. La cubierta plástica llevará un pequeño nervio longitudinal que servirá para identificar los conductores. Estos serán de cobre electrolítico recocido de 0,5 MM de diámetro, sin estañar, dispuestos paralelamente con una cubierta aislante de cloruro de polivinilo y superficie lisa. Los cables de pares deberán cumplir la norma 20.601, apartados I, II y IV, sobre Cables e hilos para instalación interior de baja frecuencia. Regletas de Conexión. Estarán contituidas por un bloque de material aislante provisto de un número variable de terminales. Cada uno de estos terminales tendrá un extremo preparado para conectar permanentemente los conductores del cable y el otro extremo estará dispuesto de tal forma que permite el conexionado de los cables interiores del abonado. La resistencia a la corrosión de los componentes metálicos, de los elementos de conexión debe ser tal que soporte las pruebas estipulados en la Norma UNE 20.501-83 (II11). Separación entre Servicios. Con conductores de energía eléctrica de Baja Tensión. La separación mínima será de 20 cm. Con canalizaciones de agua la separación mínima será de 20 cm. procurando que el servicio de Telecomunicación transcurra por arriba. Con canalizaciones de gas, la separación mínima será de 20 cm. tomándose las medidas necesarias para asegurar la ventilación de los conductos, con el fin de evitar la posible acumulación de gases en los mismos. No obstante, como norma general, se procurará la máxima independencia entre las instalaciones de telecomunicación y las del resto de los otros servicios. Otras. En toda la canalización quedará instalado un hilóguía que será de acero galvanizado para facilitar el pase de los hilos de la red.

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