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  • DECRETO 216/1994, de 21 de junio, por el que se regula la gestión del aceite usado en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (Corrección de errores). - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus

Normativa

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DECRETO 216/1994, de 21 de junio, por el que se regula la gestión del aceite usado en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (Corrección de errores).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 183
  • Nº orden: 3457
  • Nº disposición: 216
  • Fecha de disposición: 21/06/1994
  • Fecha de publicación: 26/09/1994

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda
  • Submateria: Medio Ambiente

Texto legal

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ANEXO NORMAS TÉCNICAS PARA LA TOMA DE MUESTRAS Y LA REALIZACION DE ANALISIS DE ACEITE USADO.I. Normas técnicas para la toma de muestras de aceite usado. La toma de muestras de aceite usado para su posterior análisis se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma ASTMD4057.II. Normas técnicas para la realización de análisis del aceite usado. A) Determinación de la viscosidad cinmática. Se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma ASTMD445. Los resultados se reflejarán en centistokes. B) Determinación de los puntos de inflamación y combustión. Se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma ASTMD92. Los resultados se reflejarán en grados centígrados. C) Determinación del contenido en agua. Se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma ASTMD95. Los resultados se reflejarán en tanto por ciento en peso. D) Determinación del contenido en cloro total. Se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma EPA SW846 Método 1. Los resultados se reflejarán en partes por millón (p.p.m.). E) Determinación del contenido en policlorobifenilos (PCBs). Se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma EPA600. Los resultados se reflejarán en partes por millón (p.p.m.). F) Determinación de la densidad. Se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma ASTMD1298. Los resultados se reflejarán en gramos por centímetro cúbico (gr/cm. 3 ). G) Determinación del contenido en metales. Se realizaráde acuerdo con el método establecido en la Normas ASTMD5185. Los resultados se reflejarán en partes por millón (p.p.m.). H) Determinación del contenido en azufre. Se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma ASTMD5185. Los resultados se reflejarán en tanto por ciento en peso. I) Determinación del contenido en sedimentos. Se realizará de acuerdo con el método establecido en la Norma ASTMD1796. Los resultados se reflejarán en tanto por ciento en peso.

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