- ORDEN de 16 de julio de 2003, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se aprueba la Norma Técnica de Producción Integrada de Patata de Consumo. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirORDEN de 16 de julio de 2003, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se aprueba la Norma Técnica de Producción Integrada de Patata de Consumo.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Agricultura y Pesca
- Estado vigencia: Derogado
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 194
- Nº orden: 5363
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 16/07/2003
- Fecha de publicación: 06/10/2003
Ámbito temático
- Materia: Actividades Económicas; Organización administrativa; Medio natural y vivienda
- Submateria: Industria; Gobierno y Administración Pública; Agricultura y pesca
Texto legal
El artículo 3 del Decreto 31/2001, de 13 de febrero, sobre Producción Integrada y su indicación en productos agroalimentarios dispone que el Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, por Orden del Consejero y a propuesta de la Comisión Coordinadora para la Producción Integrada de Euskadi, aprobará para cada producto agrario o alimentario una Norma Técnica que especificará las prácticas de producción, elaboración o manipulación, que necesariamente han de cumplirse para que el producto obtenido sea considerado de Producción Integrada, aquellas prácticas que por su carácter nocivo quedan prohibidas, así como aquellas otras que han sido calificadas como recomendadas y que a medio plazo pasarán a ser obligatorias. Igualmente, las normas técnicas especificarán toda aquella información que se considere necesaria cara a garantizar la trazabilidad del producto, y en especial, la que ha de constar en los respectivos cuadernos de campo, y los requisitos para la llevanza de los mismos.
Por otra parte, tanto el artículo 9.3, apartado a) del mencionado Decreto 31/2001, de 13 de febrero, como el artículo 1 de la Orden de 5 de febrero de 2002, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se determina la composición y régimen de funcionamiento de la Comisión Coordinadora para la Producción Integrada de Euskadi, contemplan, entre las funciones de dicha Comisión, la de proponer las normas técnicas de cada producto agrario o alimentario.
Mediante acuerdo de la Comisión Coordinadora Provisional de la Producción Integrada de Euskadi, de 9 de junio de 2003, se propuso para su aprobación por el Consejero de Agricultura y Pesca el acuerdo referido a la Norma Técnica de Producción Integrada de Patata de Consumo.
Por todo lo expuesto, en su virtud,
Aquellos operadores que deseen incluir en el etiquetado menciones que hagan referencia al sistema de Producción Integrada deberán presentar, de conformidad con el artículo 8 del Decreto 31/2002, de 13 de febrero, sobre Producción Integrada y su indicación en productos agroalimentarios, la correspondiente solicitud acompañada del modelo de etiqueta, cuya aprobación se efectuará de conformidad con la norma general de etiquetado y demás normativa aplicable.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de julio de 2003.
El Consejero de Agricultura y Pesca,
GONZALO SAENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.
Introducción
Definiciones
Medidas previas a la implantación
Siembra
Fertilización y Riego
Control integrado de malas hierbas, plagas y enfermedades
Equipos de fertilización y tratamientos fitosanitarios
Recolección
Transporte
Almacenamiento
Limpieza
Seguridad y bienestar laboral
Control de residuos de fitosanitarios
Cuaderno de Campo
Control y Trazabilidad
Protección medioambiental
Recepción, Almacenamiento y Envasado
Instalaciones, Higiene y Equipos
Cuaderno de Manipulador
Decreto 31/2001, de 13 de febrero, sobre Producción Integrada y su indicación en Productos Agroalimentarios, el cual constituye el marco legal básico que regula la Producción Integrada en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV nº 38 de 22 de febrero de 2001).
BASE NORMATIVA
La Norma Técnica de Producción Integrada de Patata de Consumo, aplicable en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ha sido elaborada por el Comité Técnico de Cereales y Plantas de escarda tomando como documentos de referencia:
Reglamento Técnico de Producción Integrada de Patata de Consumo creado de forma consensuada por el sector productor de patata, Neiker y la Administración.
Norma de Calidad UNE 155001 homologada con el protocolo de EUREPGAP:
¿ UNE 1555001-1:2001. Hortalizas para consumo en fresco (Requisitos generales). Producción Controlada.
¿ UNE 155001-15:2003. Patata para consumo en fresco. Producción Controlada.
Protocolo de Buenas Prácticas Agrícolas de EUREPGAP de Frutas y Hortalizas Frescas.
Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula la producción integrada de productos agrícolas:
Anexo I: Normas Generales de Producción Integrada.
Anexo II: Normas Generales de Producción Integrada para industrias de transformación.
(Orden 5 de febrero de 2002 que determina el funcionamiento de la Comisión Coordinadora)
Proponer a la Comisión Coordinadora para su aprobación la Norma Técnica de Producción Integrada de Patata de Consumo que deberá contener, al menos:
Las prácticas obligatorias de producción, elaboración o manipulación, que necesariamente han de cumplirse para que el producto obtenido sea considerado de Producción Integrada.
Aquellas prácticas que por su carácter nocivo quedan prohibidas.
Aquellas prácticas que han sido clasificadas como recomendadas y que a medio plazo pasarán a ser obligatorias.
Toda aquella información que se considere necesaria para garantizar la trazabilidad del producto, y, en especial, la que ha de constar en los respectivos cuadernos de campo, y los requisitos para su cumplimentación.
Anualmente, vista la campaña de la cosecha anterior y si se considera oportuno, revisar y actualizar la Normas técnica de Producción Integrada de Patata de Consumo, y proponer las oportunas modificaciones a la Comisión Coordinadora.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
A los efectos de la Norma Técnica de Producción Integrada de Patata de Consumo de Euskadi son de aplicación las definiciones siguientes:
Obligación:
Aspecto técnico de la norma expresado en términos de obligatoriedad.
Prohibición:
Aspecto técnico de la norma expresado en términos de prohibición.
Recomendación:
Aspecto técnico de aplicación deseable que contribuye a mejorar la práctica agrícola de este sistema.
Productor:
Persona física o jurídica que ejerce la actividad agraria organizando los bienes y derechos integrantes de la explotación con criterios empresariales y asumiendo los riesgos y responsabilidades civil, social, fiscal y técnica que pueden derivarse de la gestión de la explotación.
Técnico responsable acreditado del cultivo:
Persona con acreditación técnica responsable de asesorar, dirigir y controlar el cumplimiento de los requisitos aplicables al productor en la presente Norma Técnica de Patata de Consumo.
Técnico responsable de la central de manipulación:
Persona, con cualificación técnica o con experiencia profesional, designada por la empresa para responsabilizarse en asesorar, dirigir y controlar el cumplimiento de los requisitos aplicables al manipulador en la presente Norma Técnica de Patata de Consumo.
Parcela catastral:
Parcela o porción de suelo de una misma naturaleza, enclavada en un término municipal y cerrada por una línea poligonal que delimita el ámbito espacial del derecho de propiedad de un propietario o de varios.
Plantación:
Superficie de la parcela catastral en la que se desarrolla el cultivo.
Unidad de cultivo (en base a la definición establecida por el Comité de Frutas y Hortalizas de AECOC):
"Unidad de superficie 1 , con un único responsable de explotación, de características topográficas y edafológicas iguales y condiciones climáticas similares en la que se cultivan vegetales de una única variedad, plantados simultáneamente y en la que se siguen pautas de laboreo, irrigación y fertilización comunes, utilizándose como apoyo químico del cultivo las mismas materias activas, aplicadas en el mismo momento y en idénticas dosis. La necesidad de subdividir una parcela por tratamientos localizados se dejará a criterio del responsable de la misma."
1 En cultivos extensivos, se refiere a unidad de superficie delimitada bajo el mismo linde.
Material Vegetal:
Material que en sus diversas formas produce nuevas plantas de la misma especie.
Control Integrado:
Sistema de regulación de poblaciones de los diferentes agentes nocivos que afectan a un cultivo, considerando y utilizando todas las técnicas y métodos de control apropiados a fin de mantener las poblaciones de estos agentes a niveles que no causen daños económicos.
Control Biológico:
Sistema de regulación poblacional de agentes nocivos utilizando enemigos naturales.
Estimación de riesgo:
Sistema que permite controlar y evaluar la situación fitosanitaria del cultivo.
Criterio de intervención:
Aspecto que determina el nivel poblacional por encima del cual el cultivo corre el riesgo de sufrir pérdidas superiores al coste de las medidas a aplicar.
Monitorizar plagas con trampas cromatrópicas:
Evolución de la dinámica poblacional de las plagas mediante el uso de cartulinas engomadas de determinados colores (azul, amarillo¿) por las que algunos insectos se sienten atraídos (cromotropismo).
Tratamientos fitosanitarios permitidos (Lista verde):
Productos fitosanitarios compuestos por materias activas fitosanitarias utilizadas como primera opción en el caso de aplicación de un medio de control químico en el manejo fitosanitario del cultivo.
Tratamientos fitosanitarios permitidos con restricciones (Lista roja):
Productos fitosanitarios compuestos por materias activas fitosanitarias utilizadas en el caso de aplicación de un medio de control químico en el manejo fitosanitario del cultivo y exclusivamente aplicada bajo previa prescripción del técnico responsable del cultivo.
MEDIDAS PREVIAS A LA IMPLANTACIÓN DEL CULTIVO (aplicable a productor)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Obtener la totalidad de la producción de la explotación dedicada a la misma
orientación productiva de una especie, bajo el sistema de Producción Integrada.
¿ Mantener un archivo histórico de todos los registros solicitados al Operador
productor como mínimo durante cinco años a partir de su solicitud de inscripción
como Operador de Producción Integrada.
¿ Disponer de un historial o permiso administrativo que justifique el uso
REQUSITOS del terreno para actividades agrícolas en caso de terrenos que sufran o puedan haber
PREVIOS sufrido algún tipo de contaminación.
¿ Realizar un análisis físico-químico del suelo (A.1) al integrarse por primera
vez la explotación al sistema de Producción Integrada.
¿ Realizar un análisis de metales pesados en suelo en caso de riesgo de contaminación.
¿ Realizar un análisis físico-químico y microbiológico (A.2-A.3) de las diversas
fuentes de captación del agua de riego que se realizará al integrarse por primera
vez la explotación al sistema de Producción Integrada.
¿ Rotar con barbecho u otros cultivos que no sean solanáceas, con un máximo ¿ Tener aportaciones de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) ¿ Evitar cultivos plurianuales durante los periodos
de una plantación de patata cada tres ciclos. en los últimos 10 años. de rotación.
CULTIVOS ¿ Cultivar remolacha precediendo al cultivo de la patata. ¿ Hacer preceder a la patata, los cereales y hortalizas.
PRECEDENTES ¿ Evitar cultivos precedentes que puedan ser huéspedes
de plagas, enfermedades y nemátodos con una continuidad
en el cultivo de la patata.
¿ Realizar las labores adoptando técnicas que reduzcan la erosión del suelo, ¿ Utilizar tratamientos químicos en la desinfección del suelo, ¿ Desfondar con aplicación de materia orgánica hasta
y por tanto, respeten su estructura. salvo casos excepcionales técnicamente justificados. alcanzar el 1-2% M.O. en 25 cm de perfil.
¿ Quema de restos vegetales, salvo cuando sea expresamente autorizada ¿ Uso de técnicas de solarización y biofumigación.
por la autoridad competente en materia de producción. ¿ Profundidad útil mayor de 60 cm.
¿ Abandonar restos de plásticos, envases y otros residuos en el interior ¿ Buen drenaje para evitar problemas de asfixia
PREPARACIÓN o lindes de la explotación. radicular.
DEL TERRENO ¿ Formar caballones o mesetas, 2 meses antes de la ¿ Elegir terrenos con textura franco-arenosa.
siembra con pendiente del terreno del 12%. ¿ Evitar el paso de las máquinas de laboreo después
del invierno en los terrenos más pesados.
¿ Realizar las labores con terreno a buen tempero.
MATERIAL ¿ Utilizar material vegetal procedente de productores oficialmente autorizados, ¿ Ambientes secos, frescos y bien aireados, donde la
VEGETAL y en su caso, certificados y con el correspondiente Pasaporte Fitosanitario. conservación de las semillas puede ser efectuada por
períodos breves o medios (más de 1 mes).
¿ Emplear variedades resistentes o tolerantes a las
principales plagas y enfermedades de la zona.
SIEMBRA (aplicable a productor)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Eliminar previamente a la siembra todo el tubérculo que presente síntomas ¿ Mezclar los lotes durante las operaciones de preparación de ¿ Plantar a una densidad de siembra en torno a 40.000
de enfermedad. la semilla o durante la siembra. plantas/ ha.
¿ En el caso necesario de realizar cortes en el material de siembra, desinfectar los ¿ Tratamientos fungicidas por inmersión a los tubérculos de siembra. ¿ Utilizar tubérculos enteros, no lesionados, congelados,
utensilios de corte, al menos para cada cambio de lote, con lejía al 10% o con otros ¿ Sembrar en terrenos con salinidad. golpeados o con brotes largos, y de calibre homogéneo para
desinfectantes autorizados para uso alimentario. la siembra.
¿ Profundidad de siembra en torno a los 15 cm, ni
PATATA excesiva ni superficial.
¿ Llevar a cabo la pregerminación de los tubérculos para
acelerar la vegetación.
¿ Someter a la semilla no pregerminada, a un proceso de
calentamiento paulatino antes de ser sembrada.
¿ No utilizar sembradoras que produzcan heridas en
los tubérculos (sembradora de pinchos, etc. ) a partir del
1 de enero de 2005.
FERTILIZACIÓN Y RIEGO (aplicable a productor)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Realizar un análisis físico-químico del suelo (A.1) de la unidad de cultivo al ¿ Aportar más de 40 Tm/ha anual de abono orgánico ¿ Aplicar materia orgánica hasta niveles adecuados
menos 1 vez cada 5 años. de origen animal. entre un 1-2% de M.O.
¿ Realizar, por el técnico responsable acreditado, un programa de fertilización ¿ Aportar enmiendas orgánicas a partir de lodos de depuradoras que ¿ No superar 3,5 UFN/Tm de aportaciones nitrogenadas.
y enmiendas que incluya los procedimientos de abonado, la periodicidad superen los límites que se fijen de metales pesados, patógenos y otras . ¿ Fraccionar la fertilización a lo largo del ciclo en función
y las dosis a aportar en base a los resultados de los análisis. sustancias tóxicas establecidos por la legislación vigente [L.1] de la evolución del cultivo.
FERTILIZACIÓN ¿ Efectuar la nutrición fundamentalmente a través del sistema radicular. ¿ Fertilización foliar, salvo casos excepcionales técnicamente justificados. ¿ Niveles para aportaciones fosfopotásicas:
¿ La cantidad máxima de aportaciones nitrogenadas totales será de 5 UFN/Tm ¿ Fertilizar al menos 15 días antes de la recolección. ¿ P2O5: 2 UF/Tm
y se tendrán en cuenta zonas declaradas vulnerables a contaminaciones ¿ K2O: 9 UF/Tm
(nitratos >100 ppm) y zonas con contenidos >50 ppm.
¿ Aplicar únicamente, los oligoelementos cuando un análisis del técnico
responsable acreditado determine su insuficiencia.
¿ Realizar análisis físico-químico y microbiológico del agua de riego disponible ¿ Regar a manta. ¿ Utilizar aguas que no salinicen o alcalinicen el
para la explotación al menos 1 vez cada 5 años (A.2-A.3). En el caso ¿ Regar con aguas cuya conductividad eléctrica (CE) supere los 3 dS/m. sustrato con riesgo moderado.
de proceder el agua de cauces fluviales la analítica deberá ser anual. ¿ Regar a través de un balance hídrico calculado con
¿ Establecer las directrices del riego, por parte del técnico responsable acreditado, valores de evapotranspiración (ET0) a partir de datos de
indicando frecuencia y dosis en función de la climatología y necesidades del cultivo, estaciones meteorológicas próximas o de evaporímetros.
evitando las pérdidas de agua. Se utilizará el coeficiente de cultivo, Kc, con la corrección
RIEGO ¿ Revisar anualmente la instalación de riego para mantener su buen estado local y con las condiciones de humedad y características del
de funcionamiento. suelo en período de vegetación.
¿ El sistema de riego tendrá en el momento de su
instalación y durante su funcionamiento un coeficiente de
uniformidad del 80%. En caso de instalaciones con
cobertura fija o cañón de riego la uniformidad será al
menos del 70%.
CONTROL INTEGRADO DE MALAS HIERBAS, PLAGAS Y ENFERMEDADES (aplicable a productor)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
FAUNA ¿ En caso de realizar la suelta de fauna auxiliar, ésta será bajo prescripción técnica. ¿ Proteger la fauna auxiliar en general y en especial
AUXILIAR aquellas especies cuya protección y aumento de sus
poblaciones se considere prioritario para cada cultivo
(abejas, crisopas, etc.).
CONTROL ¿ Controlar las malas hierbas con medios mecánicos, biológicos o aquellos que ¿ Utilizar herbicidas en post-emergencia, salvo en casos excepcionales ¿ Realizar tratamientos herbicidas en caballones ya
INTEGRADO ofrezcan el menor riesgo de emisiones de CO2.. En caso de que sea necesaria la técnicamente justificados. establecidos, debiendo esperar 10 días al menos en
MALAS aplicación de herbicidas, utilizar los herbicidas autorizados recogidos caballones recientes.
HIERBAS en el Anexo VII. ¿ Realizar tratamiento herbicida en el momento de mayor
¿ Aplicar los herbicidas pulverizando a una altura máxima de 60 cm. sensibilidad de la mala hierba.
¿ Aplicar herbicidas de pre-emergencia en terrenos con
humedad suficiente.
¿ Aplicar medidas directas de control de plagas y/o enfermedades únicamente ¿ Monitorizar las plagas con trampas cromatrópias.
cuando los niveles poblacionales o las condiciones ambientales sean las que
CONTROL se especifican como criterios de intervención en el Anexo VI.
INTEGRADO ¿ Utilizar prioritariamente en el control de plagas y enfermedades, método
PLAGAS Y culturales, físicos, genéticos, biológicos y biotécnicos frente a los métodos químicos,
ENFERMEDADES poniendo, en todo caso, especial atención a las causas que han originado
el problema para tomar las medidas correctoras más adecuadas.
¿ En el caso del control químico, utilizar los productos fitosanitarios autorizados
recogidos en el Anexo VII.
¿ Tratar los primeros focos siempre que sea factible. ¿ Utilizar cualquier producto fitosanitario autorizado del Anexo VII ¿ Realizar las aplicaciones de productos fitosanitarios en
¿ Realizar tratamientos en el momento de mayor sensibilidad de la plaga. y VIII que sea dado de baja en el Registro Oficial de Productos condiciones meteorológicamente favorables.
¿ Tratar en momentos de baja insolación. fitosanitarios ¿ Alternar materias activas con diferente mecanismo de
¿ Ajustar los volúmenes de caldo en los tratamientos fitosanitarios teniendo en ¿ Utilizar calendarios de tratamientos acción sobre la plaga o enfermedad.
cuenta el estado fenológico del cultivo, superficie a tratar y la maquinaria utilizada. ¿ Abandonar el control fitosanitario antes de la finalización del
¿ El aplicador de productos fitosanitarios debe disponer del "Carnet de Aplicador ciclo vegetativo del cultivo.
de Productos fitosanitarios" y cumplir las Normas para el aplicador y el ¿ Emplear productos fitosanitarios en los márgenes de corrientes de
mantenimiento de la maquinaria establecidas en el Anexo III. agua no cultivados.
TRATAMIENTOS ¿ Respetar las medidas de seguridad recomendadas por los fabricantes de productos ¿ Aplicar productos fitosanitarios con dosificadores e inyectores a
FITOSANITARIOS fitosanitarios. través del sistema de riego por aspersión, y sólo en casos técnicamente
¿ Cuando se detecten en un cultivo plagas o enfermedades, que por no ser habituales justificados se podrá utilizar para el control del Mildiu.
no están reflejadas en el Anexo VI, se debe actuar contra ellas con las medidas de ¿ Aplicar tratamientos aéreos.
control autorizadas bajo prescripción técnica por el técnico responsable acreditado. ¿ Almacenar productos fitosanitarios caducados.
¿ Mantener los productos en sus envoltorios originales.
¿ Almacenar los productos fitosanitarios en un lugar cerrado, independiente,
con llave con ventilación y con las medidas de seguridad establecidas por
la legislación vigente [L.2].
EQUIPOS DE FERTILIZACIÓN Y TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS (aplicable a productor)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Mantener los equipos y maquinaria de tratamientos utilizados en adecuado
estado de funcionamiento, sometiéndolos a revisión anual por parte del aplicador.
FITOSANITARIOS (Véase Normas para el aplicador y el mantenimiento de la maquinaría en el Anexo III)
¿ Disponer de equipos adecuados para medir y mezclar los fitosanitarios.
¿ Mantener los equipos que no se estén usando limpios y vacíos de productos fitosanitarios.
¿ Mantener en buen estado de funcionamiento los equipos de fertilización,
FERTILIZANTES sometiéndolos a revisión anual por parte del aplicador para asegurar la
aplicación adecuada.
¿ Emplear por parte del manipulador de productos fitosanitarios, un equipo
adecuado de protección personal de acuerdo con la legislación vigente [L.3],
protección y que deberá ser guardado de forma que no entre en contacto con los productos
PERSONAL fitosanitarios.
¿ Disponer de botiquines de primeros auxilios en los edificios y proximidad de las
unidades de cultivo de acuerdo a la legislación vigente [L.4].
RECOLECCIÓN (aplicable a productor)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Efectuar la recolección. ¿ Efectuar la recolección cuando los productos vegetales estén ¿ Efectuar la recolección con buen tempero.
¿ Recolectar el producto en un estado de madurez que permita alcanzar las mojados, salvo autorización expresa del técnico responsable ¿ Moderar la velocidad de la máquina y reducir la exigencias de calidad comercial establecida por la legislación vigente [L.5]. acreditado, fundamentada en condiciones meteorológicas adversas. altura de caída en los contenedores con el fin de atenuar los
¿ Mantener en condiciones adecuadas de utilización los útiles y equipo de recolección. daños mecánicos a los tubérculos.
PATATA ¿ Evitar el golpeo de los tubérculos en el proceso de arranque y recolección y ¿ Evaluar el proceso de la cadena de recolección y
durante el transporte, en los remolques y sacos. almacenamiento por parte del técnico responsable acreditado.
¿ Eliminar los tubérculos afectados por patógenos causantes de podredumbres,
y los restos vegetales después de la recolección.
TRANSPORTE (aplicable a productor y manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Mantener en condiciones adecuadas los receptáculos y contenedores de los vehículos ¿ Realizar el transporte en un remolque protegido y
utilizados para transportar los productos, a fin deevitar la contaminación. teniendo la precaución de minimizar los golpes.
En el caso del transporte de otra carga distinta de los productos vegetales o para
PATATA el transporte de productos alimenticios distintos, deberá procederse a una limpieza
y desinfección eficaz, en su caso, entre las cargas para evitar el riesgo de contaminación.
¿ Identificar los lotes de los productos de producción integrada y separarlos
de forma real y definida de los productos convencionales.
ALMACENAMIENTO (aplicable a productor y manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Almacenar los productos recolectados bajo techo o en condiciones que eviten la ¿ Rebasar los 3 m de altura en el almacenamiento a granel, salvo ¿ Realizar dos aplicaciones en la desinfección del local
incidencia directa de los agentes atmosféricos y en un lugar con máxima ventilación. en caso de disponer de ventilación forzada que podrá llegar hasta los 4 m. y del material: la primera al final del almacenamiento y
¿ Regular la iluminación en las zonas de almacenamiento de acuerdo a las necesidades. ¿ Almacenar productos químicos y/o desechos en la zona de la segunda poco antes de recepcionar la cosecha siguiente.
¿ Realizar la limpieza, desinfección, desinsectación y desratización de los lugares almacenamiento y acondicionamiento de los productos. ¿ Ventilar el lote cuando las patatas llegan húmedas o
de almacenamiento con métodos y productos autorizados, y de forma que no se con tierra adherida.
ALMACENA- produzca ningún tipo de contaminación de los productos. ¿ Reducir la temperatura gradualmente de forma que el
MIENTO ¿ Separar claramente en los almacenes, si se da el caso, los productos procedentes aire que entre en el montón esté como máximo 2ºC más
de cultivo de producción integrada de los productos convencionales bajo que el montón.
¿ Utilizar los antigerminantes autorizados en el Anexo VIII. ¿ Respetar y registrar la temperatura de almacenamiento
en función del destino de la patata (6-8 ºC fresco y 8-10 ºC
para transformación). No bajar la temperatura más de 1ºC
diario.
¿ Mantener la humedad entre 85-90% durante el
almacenamiento.
LIMPIEZA (aplicable a productor)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Mantener en buen estado y limpias las cajas de campo, los utensilios de limpieza ¿ Eliminar antes del almacenamiento la cantidad de
PATATA que entren en contacto con los productos vegetales y los recipientes de evacuación tierra adherida a la patata.
de los residuos que serán exclusivos para este fin, todo ello utilizando
productos autorizados.
SEGURIDAD Y BIENESTAR LABORAL (aplicable a productor y manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Disponer de unas normas básicas de seguridad e higiene en el trabajo en base APLICABLE A PRODUCTOR:
a la legislación vigente. [L.4] ¿ Formar al personal en materia de buenas prácticas de
APLICABLE A MANIPULADOR: higiene y manipulación, conservando un registro de los
¿ La empresa debe tener documentado un plan de prevención de riesgos laborales cursos impartidos; y disponer de una guía de buenas
PATATA según lo establecido en la legislación vigente. [L.6] prácticas de higiene y manipulación.
¿ La empresa deberá formar al personal en materia de buenas prácticas de higiene
y manipulación, conservando un registro de los cursos impartidos y disponer de una
guía de buenas prácticas de higiene y manipulación.
CONTROL DE RESIDUOS DE FITOSANITARIOS (aplicable a productor y manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ El contenido en residuos de productos fitosanitarios en los productos recolectados, ¿ El contenido en residuos de productos fitosanitarios en los
preparados para su comercialización y antes de la misma será inferior o igual productos recolectados para su comercialización será un 50
a lo especificado como Límites Máximos de Residuos en el Anexo IX. % inferior al LMR establecido en el Anexo IX.
PATATA ¿ Disponer de un sistema de autocontrol especificando el
número de análisis y la periodicidad con el fin de
garantizar que no sobrepasen los LMR en los produc
tos vegetales comercializados.
CUADERNO DE CAMPO (aplicable a productor)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
REGISTRO Y ¿ Identificar la estructura de la explotación y de cada unidad de cultivo.
MANTENIMIENTO ¿ Registrar anualmente cada uno de los ciclos del cultivo.
¿ Anotar con suficiente detalle en el Cuaderno de Campo todas las operaciones ¿ Registro de las visitas realizadas por el técnico
del cultivo y las fechas en que se han realizado; estas anotaciones se realizarán responsable acreditado.
en el momento de llevar a cabo la labor o aplicación del tratamiento.
Los requisitos a cumplimentar figuran en el Anexo IV.
PATATA ¿ Mantener el Cuaderno de Campo a disposición para su consulta, ya sea en soporte
informático o en soporte papel.
¿ Mantener un Cuaderno de Campo por explotación.
¿ Responsabilidad, por parte del Operador Productor, de la veracidad y
actualización de las operaciones registradas en el Cuaderno de Campo.
CONTROL Y TRAZABILIDAD (aplicable al productor y manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
CONTROL ¿ El control de la trazabilidad del producto recaerá en primera instancia
en el Operador registrado.
¿ Disponer de un sistema de identificación y trazabilidad de los productos.
durante todo el proceso de producción integrada
¿ Implantar un sistema de identificación o referencia visual en campo de la
unidades de cultivo.
IDENTIFICACIÓN ¿ En el caso de emplear en Producción Integrada y Convencional el mismo equipo,
Y éste deberá mantenerse adecuadamente, y los envases y embalajes deberán estar
TRAZABILIDAD claramente diferenciados e identificados.
¿ Archivar por parte del Operador, una copia de los registros de las entradas
y/o salidas en forma de albarán con información del productor, producto,
cantidad, nº lote, unidad de cultivo, destino, fecha de entrada y/o salida,
y firma de la persona que realiza la entrega.
APLICABLE AL MANIPULADOR
¿ Realizar el almacenamiento y procesado de productos de producción integrada
con medidas que garanticen e identifiquen los lotes de productos,
y que los diferencien y separen claramente de productos convencionales.
PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL (aplicable al productor y manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Utilizar los sistemas existentes de recogida selectiva de residuos sólidos ¿ Establecer un plan documentado de conservación de
(envases de fitosanitarios, plásticos, envoltorios y otros recipientes de productos fauna y flora.
de uso agrícola), líquidos (fitosanitarios, fertilizantes, aceites hidrocarburos y ¿ Diluir el caldo excedente y aplicarlo sobre un área de
otros productos químicos), u otros productos tóxicos dándoles el destino establecido cultivo no tratada o sobre terreno no cultivable con
por la legislación vigente de residuos y envases [L.7-L.8]. impacto mínimo para la fauna y flora natural, sin
GESTION ¿ Enjuagar cada envase de fitosanitarios una vez agotado su contenido, 3 veces y ningún riesgo de contaminación de las aguas superficiales
DE RESIDUOS verter esta agua al tanque del pulverizador en el momento de preparar la dilución. y subterráneas.
Inutilizar y agujerear los envases vacíos y almacenarlos en espera de la recogida
organizada de residuos. (Véase Normas para el aplicador y el mantenimiento
de la maquinaria en el Anexo III).
¿ Promover el ahorro en el consumo de agua y energía en las instalaciones y procesos.
¿ Conducir a un vertedero autorizado o controlado los restos vegetales del cultivo y
de la manipulación del producto.
RECEPCIÓN, ALMACENAMIENTO Y ENVASADO (aplicable a manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
GENERALES ¿ Almacenar los productos químicos de uso, correctamente etiquetados y con ¿ Mezclar productos de producción integrada con productos convencionales ¿ Las técnicas de acondicionamiento, almacenamiento,
autorización para su uso en la industria alimentaria, en un lugar debidamente envasado y transporte del producto tenderán a mantener
señalizado, suficientemente iluminado y guardados bajo llave. la calidad y características organolépticas del producto.
RECEPCIÓN ¿ Identificar los lotes de los productos de producción integrada y separarlos de
forma real y definida de los productos convencionales.
¿ Separar las zonas de almacenamiento de productos recepcionados de las zonas
de almacenamiento de productos envasados.
LIMPIEZA ¿ Cumplir el apartado 9. Limpieza y además:
¿ Filtrar el agua de lavado de los productos y tratar de manera que no
comprometa la salubridad de los productos cuando haya recirculación.
¿ Utilizar cajas, bandejas o bolsas de comercialización de materiales degradables ¿ Almacenar materiales y productos de desecho en la zona
y reciclables. de manipulación.
¿ Utilizar los envases y materiales de envasado de productos vegetales exclusiv Mantener contacto con el suelo de las cajas llenas de producto
amente para este fin, almacenándolos en un lugar limpio y protegido. envasado para la comercialización
¿ Someter a limpieza los embalajes reutilizables, antes de su nuevo uso.
¿ Diferenciar claramente las zonas de almacenamiento de envases y materiale
de envasado, de la zona de manipulación.
ENVASADO ¿ Identificar los pasillos para los vehículos en toda zona de manipulación.
¿ Efectuar las operaciones de envasado por series completas, separándolas
físicamente o en el tiempo de operaciones de productos convencionales previa retirada
de los otros productos de las líneas.
¿ Aquellos Operadores Manipuladores que realicen envasado de productos de
Producción Integrada y Convencional deberán avisar a la Entidad de Control
con antelación del inicio y del final de la campaña de producción.
INSTALACIONES, HIGIENE, EQUIPOS (aplicable a manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Mantener las instalaciones en buen estado de conservación.
¿ Todas las superficies en contacto directo con los productos deben ser fácilmente
accesibles o desmontables para la comprobación de su estado de limpieza.
¿ Disponer de ventilación adecuada, natural o mecánica en todas las instalaciones.
¿ Mantener una iluminación suficiente en los locales donde circule el producto.
INSTALACIONES Los tubos fluorescentes o lámparas de las instalaciones se protegerán con medios
adecuados para evitar la posible caída de cristales en caso de rotura y se fijarán
al techo o a las paredes de forma que facilite su limpieza.
¿ Las instalaciones de los sistemas de desagüe serán las adecuadas.
¿ Disponer de un suministro de agua potable utilizada para el contacto directo
de los productos o con cualquier superficie en contacto con éstos.
¿ Disponer de un plan de limpieza y desinfección (plan LD) detallado de las ¿ Utilizar productos químicos de síntesis para lucha de plagas ¿ Tomar medidas necesarias para evitar la entrada
instalaciones, líneas de manipulado y envasado y cámaras frigoríficas, que y parásitos de almacén, salvo aquellos casos excepcionales de pájaros y cualquier otro animal en las instalaciones.
corresponda a sus necesidades; dicho plan LD debe especificar los productos técnicamente justificados.
utilizados y autorizados en la industria alimentaria [L.2], la frecuencia con la
que se realizan estas operaciones y el personal designado para estas tareas con
HIGIENE la formación adecuada en este campo.
¿ Disponer, por parte de la empresa, de un plan de desinsectación y desratización
detallado que corresponda a sus necesidades, puesto en práctica por un equipo con
autorización legal para este fin. El plan debe incluir identificación del equipo
de trabajo, tareas y su frecuencia, material y productos que se van a emplear
y método de aplicación.
¿ Llevar a cabo, por parte de la empresa, el mantenimiento y la verificación de los ¿ No utilizar carretillas de gasoil y gasolina. Se hará de
EQUIPOS equipos para asegurarse de su correcto funcionamiento. carácter obligatorio a partir del 1 de Enero de 2005.
¿ Mantener en buen estado las superficies de trabajo renovándose cuando sea necesario.
CUADERNO DE MANIPULADOR (aplicable a manipulador)
PRACTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
¿ Anotar con suficiente detalle en el Cuaderno de Manipulador todas
las operaciones de la manipulación del producto vegetal y las fechas en que se han
realizado; estas anotaciones se realizarán en el momento de llevar a cabo
CUADERNO DE la operación. Los requisitos a cumplimentar figuran en el Anexo V.
MANIPULADOR ¿ Mantener el Cuaderno de Manipulador a disposición para su consulta, ya sea
en soporte informático o en soporte papel.
¿ Responsabilidad, por parte del Operador Manipulador, de la veracidad
y actualización de las operaciones registradas en el Cuaderno de Manipulador.
1 Análisis físico-químico del suelo previo a la plantación.
Constará de las siguientes determinaciones analíticas: pH, textura, conductividad eléctrica, materia orgánica, nitrógeno total, fósforo, sodio, potasio, calcio, magnesio. En función de los resultados de pH se analizarán los siguientes parámetros:
Aluminio: en los casos en que el pH sea inferior a 5,8.
Carbonatos: en los casos en que el pH sea superior a 7,5 y si los niveles de carbonatos son altos se determinarán los niveles de caliza activa.
2 Análisis físico-químico del agua de riego
Constará de las siguientes determinaciones analíticas: pH, conductividad eléctrica, carbonatos, bicarbonatos, sulfatos, nitratos, cloruros, sodio, potasio, calcio, magnesio, hierro, cobre, manganeso, zinc.
3 Análisis microbiológico del agua de riego
Constará de las siguientes determinaciones analíticas: Coliformes totales, Escherichia colli, Salmonella, Estreptococos fecales.
1 Orden de 28 de mayo de 1998 sobre fertilizantes y afines (BOE nº131 de 2 de junio de 1998), modificada por la Orden de 2 de noviembre de 1999 (BOE nº 269, de 10 de noviembre de 1999).
2 Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico Sanitaria para fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas (BOE nº 20, de 24 de enero de 1984) modificado por el Real Decreto 162/1991, de 8 de febrero, y el Real Decreto 443/1994, de 11 de marzo.
3 Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual (BOE nº 140, de 12 de junio de 1997).
4 Real Decreto 486/1997, de 23 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (BOE nº 97, de 23 de abril de 1997).
5 Real Decreto 2192/1984, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de las normas de calidad para las frutas y verduras frescas comercializadas en el mercado interior (BOE nº 300 de 15 de diciembre de 1984).
6 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE nº 269, de 10 de noviembre de 1995).
7 Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos (BOE nº 96, de 22 de abril de 1998) modificado por Ley 16/2002, de 1 de julio, sobre prevención y control integrados de la contaminación.
8 Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases (BOE nº 99, de 25 de abril de 1997).
9 Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal (BOE nº 58, de 9 de marzo de 1994) modificado por Real Decreto 198/2000 de 11 de febrero.
Decreto 390/1998, de 22 de diciembre, por el que se dictan normas para la declaración de Zonas Vulnerables a la contaminación de las aguas por los nitratos procedentes de la actividad agraria y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 18, de 27 de enero de 1999).
Orden de 18 de diciembre de 2000, por la que se aprueba el plan de actuación sobre las zonas declaradas vulnerables a la contaminación de las aguas por los nitratos procedentes de la actividad agraria (BOPV nº 247, de 28 de diciembre de 2000).
Real Decreto 2483/1986, de 14 de noviembre, que aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre las condiciones generales de transporte terrestre de alimentos y productos alimentarios a temperatura regulada. (BOE nº 291, de 5 de diciembre de 1986).
Real Decreto 706/1986, de 7 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre condiciones generales de almacenamiento (no frigorífico) de alimentos y productos alimentarios (BOE nº 90, de 15 de abril de 1986).
Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco (BOPV nº 59, de 27 de marzo de 1998).
Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario para comercializar y utilizar productos fitosanitarios (BOE nº 276, de 18 de noviembre de 1994).
Real Decreto 1495/1986, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad en las máquinas (BOE nº 173, de 29 de julio de 1986).
Decreto 31/2001, de 13 de febrero, sobre Producción Integrada y su indicación en productos agroalimentarios (BOPV nº 38, de 22 de febrero de 2001).
Real Decreto 1125/1982, de 30 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de materiales poliméricos en relación con los productos alimenticios y alimentarios (BOE nº 133, de 4 de junio de 1982) modificado por el Real Decreto 668/1990, de 25 de mayo.
Real Decreto 888/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba la norma general sobre recipientes que contengan productos alimenticios frescos, de carácter perecedero, no envasados o envueltos (BOE nº187, de 5 de agosto de 1988).
Real Decreto 397/1990, de 16 de marzo, por el que se aprueban las condiciones generales de los materiales, para uso alimentario, distintos de los poliméricos (BOE nº 74, de 27 de marzo de 1990).
Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establece las normas relativas a los manipuladores de alimentos (BOE nº 48, de 25 de febrero de 2000).
Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal (BOE nº 279, de 21 de noviembre de 2002).
Se favorecerá el uso de las técnicas, la maquinaria de aplicación y las condiciones de aplicación cuyas consecuencias sobre el aplicador y el medio ambiente sean menores.
Medidas de protección para la salud del aplicador y el medio natural.
En la preparación del tratamiento:
¿ Utilizar un equipo de protección adaptado al producto a utilizar (guantes, gafas, ropa de protección, y equipo de protección respiratoria).
¿ Preparar el caldo al aire libre no en espacios cerrados.
¿ Enjuagar los fondos de los envases mínimo tres veces, con el fin de evitar contaminaciones posteriores.
¿ Evitar el contacto con los productos concentrados, y del producto con la piel y los ojos, por el riesgo de inhalación y de ingestión.
¿ Disponer de una fuente próxima de agua potable a fin de lavar rápidamente toda proyección de producto sobre la piel y los ojos.
¿ No verter productos a desagües, cursos de agua, etc.
¿ En caso de contacto con el producto concentrado lavar todas las partes del cuerpo expuestas al producto, con agua y jabón antes de seguir el trabajo.
¿ En caso de intoxicación aguda, conseguir ayuda médica y mostrar la etiqueta del producto.
Durante el tratamiento
¿ Evitar el tratamiento en días cálidos o soleados ya que favorece la evaporación y por consiguiente se pueden generar vapores tóxicos. Se aconseja tratar a primera hora de la mañana, salvo fuerte rocío, o por la tarde a última hora.
¿ No fumar, ni beber, ni comer durante la aplicación.
¿ En caso de obturación de boquilla, no succionar, cambiarla o limpiarla con una instrumento adecuado para tal fin.
Después del tratamiento
¿ Limpiar cuidadosamente el material utilizado en el tratamiento: cubas y ropas de protección.
¿ Los fondos de cubas de tratamiento deben ser diluidos 5 o 10 veces y los de agua de riego deben ser eliminados sobre la parcela. Ambos no pueden en ningún caso ser vertidos a las alcantarillas o a cauces de río.
¿ Inutilizar los recipientes vacíos agujereándolos y se almacenarán en espera de la recogida organizada de residuos.
¿ El aplicador se duchará. Se lavará aparte la ropa contaminada, no mezclando nunca con la ropa de casa. Se cambiará con ropa limpia. Si ha utilizado ropa de uso limitado se desechará, tirando el traje al contenedor para envases fitosanitarios.
Mantenimiento de la maquinaria de aplicación.
El aplicador pondrá a punto la maquinaria al inicio de campaña. Para un correcto funcionamiento se realizarán los siguientes cuidados:
¿ Al final de cada labor, proceder al vaciado total de la cuba y los conductos para seguidamente enjuagarlos con agua y limpiar los filtros.
¿ En el transcurso de la labor, desatascar las boquillas obturadas, desmontarlas, enjuagándolas con agua y cepillándolas, nunca succionando.
¿ Una vez al año, revisar las boquillas, pastillas y hélices cambiándolas si fuera preciso.
¿ Periódicamente verificar el manómetro, la tensión y estado de las correas y cadenas y el nivel de aceite de la bomba.
¿ Durante los períodos de tiempo en los que la máquina no sea utilizada, deberá ser alojada en un espacio cubierto y aislada del suelo mediante calces o soportes de madera.
REQUISITOS DEL CUADERNO DE CAMPO para la producción integrada de patata de consumo
El Cuaderno de Campo deberá contener la siguiente información:
1. IDENTIFICACIÓN DEL OPERADOR.
N° registro de Operadores
Nombre del Operador-Productor
Persona de contacto
Dirección
Teléfono
Fax
Tel. Móvil
Correo electrónico
Municipio
Código Postal
Asociación / Cooperativa
Comercialización
2. IDENTIFICACIÓN DEL TÉCNICO RESPONSABLE ACREDITADO DEL CULTIVO
N° Acreditación
Nombre del Técnico responsable acreditado
Tel. Móvil
3. REFERENCIA CATASTRAL DE LAS PARCELAS
Código de identificación (con letras)
Territorio histórico
Municipio
Paraje
Polígono catastral
Parcela catastral
Subparcela
Superficie de cultivo (m2)
4. IDENTIFICACIÓN DE LAS UNIDADES DE CULTIVO
Unidad de Cultivo (codificar con número)
Código de identificación (los mismos códigos a los que se hace referencia en el punto 3)
Superficie total de la unidad de cultivo
Cultivo precedente
Variedad
Densidad de plantación
Fecha de siembra
Identificación de la semilla
5. REGISTRO DE ANALÍTICAS
Análisis físico-químico del suelo (A.1)
Análisis de metales pesados (si hubiera riesgo de contaminaciones)
Análisis físico-químico del agua (A.2)
Análisis microbiológico del agua (A.3)
Anotar:
Fecha del aná lisis
Unidad de cultivo o parcela catastral
6. MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA
EQUIPOS DE TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS
EQUIPOS DE FERTILIZACIÓN y RIEGO
MAQUINARIA DE AUTOMOCIÓN
Requisitos:
Tipo
Marca y Modelo
Año de adquisición
Fecha de revisión
Acondicionamiento de la maquinaria
7. ALMACENAMIENTO: TRATAMIENTOS DE LIMPIEZA E HIGIENE
Fecha de realización
Almacén
Producto
Dosis
8. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
Historial de las parcelas catastrales que se puedan acoger al sistema de producción integrada.
Archivo histórico de los registros que se solicitan al Operador.
Identificación gráfica de las unidades de cultivo.
Pasaporte fitosanitario para el material vegetal y disponer de facturas o documentos que acrediten la procedencia del material vegetal.
Resultados de las analíticas realizadas.
Programa de fertilización.
Albaranes que justifican las recomendaciones del técnico responsable acreditado.
Albaranes de venta, o entrega de producto.
Registro de los mantenimientos realizados a la maquinaria y equipos.
9. PRÁCTICAS CULTURALES
Unidad de cultivo
Fecha
Labores efectuadas y la profundidad de labor
10. FERTILIZACIÓN MINERAL Y ORGÁNICA
Unidad de cultivo
Fecha de aplicación
Tipo de abono (composición)
Dosis
Momento de aplicación
Forma de aplicación
Estado de desarrollo del cultivo
Nombre y firma del operario
11. SISTEMA DE RIEGO
Unidad de cultivo
Procedencia del agua
Instalación de Riego
Tipo de sistema
Tipo de emisores
Diseño de Riego:
N° de emisores/ ha
Caudal de emisor (l/h)
Coeficiente de uniformidad (CU)
Control del volumen de agua aplicado
Unidad de cultivo
Fecha
Tiempo de riego
Precipitación (l/m2)
RECOMENDACION TÉCNICA
Unidad de cultivo
Fecha de la prescripción
Observaciones en campo
Prescripción
Dosis
Plazo de seguridad
Firma del técnico responsable acreditado
13. CONTROL QUÍMICO DE MALAS HIERBAS
Unidad de cultivo
Fecha de aplicación
Nombre comercial
Dosis (cantidad, caldo y superficie tratada)
Prescripción técnica
Nombre y firma del operario
14. CONTROL QUÍMICO DE PLAGAS Y ENFERMEDADES
Unidad de cultivo
Fecha de aplicación
Criterios de intervención (observaciones)
Nombre comercial
Dosis (cantidad, caldo y superficie tratada)
Prescripción técnica
Nombre y firma del operario
15. RECOLECCIÓN
Unidad de cultivo
Fecha de destrucción de matas
Fecha de recolección
Condiciones de recolección
Producción
16. DECLARACIÓN DEL OPERADOR
Fecha, nombre y firma del Operador-Productor
El Cuaderno de Manipulador deberá contener la siguiente información:
1. IDENTIFICACIÓN DEL OPERADOR MANIPULADOR
N° registro de Operadores
Nombre del Operador
Persona de contacto
Dirección
Teléfono
Fax
Tel. Móvil
Correo electrónico
Municipio
Código Postal
2. IDENTIFICACIÓN DEL TÉCNICO RESPONSABLE
DE LA CENTRAL DE MANIPULACIÓN
Nombre del Técnico responsable
Tel. Móvil
3. REGISTRO DE ENTRADAS
Fecha de entrada
Identificación del productor (nombre o código)
Identificación de la partida (lote o n° albarán)
Unidad de Cultivo
Ubicación en almacén
Cantidad de producto
4. REGISTRO DE SALIDAS
Fecha de salida
Identificación de la partida/lote
Cantidad de producto
Formato de envasado
Marca comercial
Destino del producto
REGISTRO DE TEMPERATURA (si fuera aplicable)
Fecha de registro de Tª
Cámara
Tª y Tª estipulada
6. ALMACENAMIENTO
APLICACIÓN DE TRATAMIENTOS ANTIGERMINANTES: (si se diera el caso)
Fecha de realización
Partida/lote al que se aplica y su ubicación
Nombre comercial
Dosis (l/ha)
Nombre y firma del operario
Nombre y firma del técnico responsable
TRATAMIENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
EN ALMACÉN Y/O CÁMARA:
Fecha de realización
Empresa
Almacén y/o Cámara
Producto
Dosis
7. MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA
Tipo
Marca y Modelo
Año de adquisición
Fecha de revisión
Fecha de verificación
Operaciones realizadas
8. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
Definición de la actividad a desarrollar.
Registro o/y albaranes de compra de producto.
Registro o/y albaranes de venta de producto.
Plan de limpieza y desinfección (Plan LD).
Resultado de análisis del agua de limpieza cuya periodicidad se establece en el Plan LD.
Guía de higiene para la manipulación de productos frescos.
Plan de desinsectación y desratización (Plan DD) y justificante de contrato con la empresa para tal fin, y en su caso, el justificante de las aplicaciones.
Registro de los mantenimientos realizados a los equipos de manipulación.
9. DECLARACIÓN DEL OPERADOR
Fecha, nombre y firma del Operador - Manipulador
Escarabajo de la 3 plantas ocupadas por cualquier Betaciflutrín Chrysoperla carnea Bacillus Evitar tratar en las horas (1) Solo aplicable con
patata estadio en 15 plantas/ha observadas Flucitrinato thuringiensis (1) centrales del día y después larvas jóvenes. Utilizarlo
Leptinotarsa Lambda cihalotrín del riego a pH ligeramente ácido
decemlineata Teflubenzuron y fuera de horas de fuerte
Tralometrina radiación. Más eficaz
con azúcar al 0,5%.
Gusanos de suelo Presencia de daños en tallos en el Betaciflutrín Bacillus Colocación de trampas con feromonas Mantener la parcela libre de Tratamientos fitosanitarios
o grises 10% de las 25 plantas observadas. Lambda cihalotrín thuringiensis (1) para control de adultos. malas hierbas antes de al atardecer.
Agrotis spp Presencia de daños en tubérculos. Cipermetrín + la siembra. (1)Utilizarlo a pH de
Metil clorpirifos Cruces de vertedera y cultivador. ligeramente ácido y fuera Tralometrina horas de fuerte radiación. Tau fluvalinato Más eficaz con azúcar al
0,5%.
Gusanos de alambre Daños en campañas anteriores. Clorpirifos Colocación de trampas atractivas: Evitar sembrar en parcelas (1) Aplicación en suelo.
Agriotes spp. Etoprofos (1) tiestos agujereados de 125 cc rellenos con historial de daños Tratamientos fitosanitarios
de vermiculita con granos de maíz en condiciones de humedad
y trigo. y temperatura adecuadas.
Se deben colocar 10 trampas/ha,
manteniéndolas en el terreno durante
10 días
Limaquillos Presencia de daños Metaldehido (1) Utilización de refugios artificiales: (1) Aplicación suelo en
Arion hortensis planchas de cartón de 25 cm x 25 cm, granulado tras lluvia o
con cebos a base de metaldehido y riego
colocados en los bordes de la unidad Algunas veces el tratamiento
de cultivo. en los bordes es suficiente.
CONTROL BIOLÓGICO
PLAGA CRITERIO DE INTERVENCIÓN CONTROL QUÍMICO FAUNA PRODUCTOS CONTROL BIOTECNOLÓGICO MÉTODOS CULTURALES OBSERVACIONES
MATERIAS ACTIVAS AUXILIAR BIOLÓGICOS
AUTÓCTONA COMERCIALES
Pulgones Presencia de pulgones en 4 plantas Cipermetrín + Chysoperla carnea Coccinella Colocación de trampas amarillas (1) En el caso de Myzus
de las 15 plantas muestreadas/ Metil clorpirifos Cochinella septempunctata para detección de poblaciones persicae, aplicar en
parcela Lambda cihalotrin septempunctata alternancia con otros
Pirimicarb (1) Scymnus spp. productos.
Piridafention
Tau fluvalinato
Los tratamientos contra
pulgones no son un medio
de lucha efectiva contra el
Virus "Y" de la patata,
la única manera de reducir
los daños es utilizando de
semilla de calidad libre de
virus.
Utilizar boquillas de
turbulencia o pulverización
asistida por aire, para
facilitar la penetración
del insecticida en el
cultivo.
Nemátodos Muestrear el suelo de la parcela antes Intervención de acuerdo Hacer rotaciones amplias con En caso de sospechas
Globodera spp. de sembrar: 50 catas/parcela, recogidas con las prescripciones técnicas control de rebotes. interesa hacer el muestreo
en zig-zag con bastón holandés, Uso de variedades tolerantes de tierra y llevarlo al
recogiendo 1 litro de suelo o resistentes. laboratorio con suficiente
Presencia de daños en campañas antelación a la siembra
anteriores o en el caso de muestrear (octubre- noviembre) para
suelo se indican las siguientes pérdidas tener los resultados lo
de rendimiento en relación a las antes posible.
formas viables (huevos + larvas L2)
por gr de suelo:
2 formas viables: comienzan daños
10 formas viables :10% pérdidas
30 formas viables: 15%
50 formas viables: Entre 18% - 25%
ENFERMEDAD CRITERIO DE CONTROL QUÍMICO CONTROL CONTROL MÉTODOS OBSERVACIONES
INTERVENCIÓN MATERIAS ACTIVAS BIOLÓGICO BIOTECNOLÓGICO CULTURALES
Alternaria Aparición de los primeros síntomas Clortalonil Hacer rotaciones amplias. No repetir tratamientos
Alternaria solani de campo. Difenoconazol Destrucción de restos de cultivos sistémicos más de dos veces
Tratamiento químico en presencia de Metalaxil 40% + Cobre 8% anteriores. consecutivas con la misma
condiciones climáticas favorables. Metalaxil 40% + Cobre 5% No utilizar variedades sensibles. familia.
Evitar parajes con microclimas Tratamientos fitosanitarios
especialmente húmedos. cuando las condiciones de
humedad y temperaturas
sean las adecuadas.
Mildiu Tratamiento químico en presencia de Compuestos cúpricos Utilización de sistema DSS o Rotación de cultivos. No repetir tratamientos
Phytophthora condiciones climáticas favorables o Cimoxanilo + Famoxadona estaciones de termopluviométricas Eliminar restos de plantas sistémicos más de tres veces
Infestans aparición de síntomas en las parcelas Cimoxanilo + Folpet + Fosetil-Al para estimar el riesgo de infección. enfermas y restos de consecutivas con el mismo
de la zona. Cimoxanilo + Cobre Observación de cultivos mas cultivos anteriores. producto (excepto para
Mancozeb 64% + Oxadixil 8% desarrollados. Evitar parajes con microclimas Fosetil-Al)
Metalaxil especialmente húmedos. No utilizar antimildius
sistemáticos cuando las
condiciones de temperatura
y humedad no sean las
adecuadas
Rhizotocnia Observar posibles síntomas Flutolanil (1) Facilitar la rápida emergencia (1)Tratamiento químico en
Rhizotocnia solani en la semilla Metil- tolclofos (1) de las plantas sobre todo si se tubérculo.
Pencicuron (1) prevén condiciones de humedad
alta y frío.
Hacer rotaciones amplias.
Eliminar restos de cosecha
Podredumbres Presencia de síntomas en campo. Procimidona
(Botrytis, Sclerotinia)
Oidio Observar el 15% de la superficie, Azufre mojable
Erysiphe cichoracerum afectada
ENFERMEDAD CRITERIO DE CONTROL QUÍMICO CONTROL CONTROL MÉTODOS OBSERVACIONES
INTERVENCIÓN MATERIAS ACTIVAS BIOLÓGICO BIOTECNOLÓGICO CULTURALES
Ir al anexo II , o al anexo III en caso de que existan restricciones.
TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS PERMITIDOS EN PRODUCCIÓN INTEGRADA DE PATATA CONSUMO
MATERIA ACTIVA NOMBRE COMERCIAL PLAGA DOSIS PLAZO DE SEGURIDAD TOXICOLOGÍA OBSERVACIONES
(Días)
Betaciflutrín 2,5 % Bulldock Escarabajo, gusanos grises, polilla 0,5-0,8 l/ha 15 Xn A, A C
Cipermetrín 2% + Daskor Escarabajo y pulgón 0,75 l/ha 15
Metil Clorpirifos 20 %
Clorpirifos 5 % Dursban 5G Gusanos 40-50 kg/ha __ -- B, B A Aplicar al suelo antes de la siembra. Actúa por contacto.
Etoprofos 10 % Mocap Gusanos de alambre 60 kg/ha 60 Xn B,B,B Presiembra, pre-trasplante.
Aplicar al suelo.
Flucitrinato 10 % Cybolt 10 E Escarabajo, gusanos 0, 3-0,5 l/ha 7 Xn A, A C
Lambda cihalotrin 2,5 % Karate King Escarabajo, pulgones, polilla 0,4-0,8 kg/ha 15 Xn A, A B
Metaldehído 5 % Varios Limaquillos 5-8 kg/ha 15 -- B, B A Aplicación al suelo en granulado, tras lluvia o riego
Piridafention 2 % Ofunack 2 D Pulgones 30 kg/ha 3 -- A, A A
Pirimicarb 50 % Aphox Pulgones 1 kg /ha 3 Xn B, B B Específico contra pulgón verde
Tau fluvalinato 10 % Mavrik 10 Pulgones 0,25-0,5 l/ha 14 Xn A, A C
Tau fluvalinato 24 % Klartan 24 F Pulgón y gusano grís 0,1-0,2 l/ha 14 Xn A, A C
Teflubenzuron 15 % Nomolt, Dart Escarabajo de la patata 1,0-1,5 l/ha 3 -- A, A A
Tralometrina 3,6 % Tracker Escarabajo, gusanos grises 0,3-0,75 l/ha 15 Xn A, A C
Insecticidas biológicos Tratamientos bajo prescripción técnica.
FUNGICIDAS
MATERIA ACTIVA NOMBRE COMERCIAL ENFERMEDAD DOSIS PLAZO DE SEGURIDAD TOXICOLOGÍA OBSERVACIONES
(Días)
Azufre mojable 80 % WG Thiovit, Microthiol Oidio 2, 5-7,5 Kg/ha 5 Xi, A, A, A Aplicar por la tarde a Tª moderada.
Cimoxanilo 3%+ Varios Alternaria 4 Kg/ha 15 Xn A, A B Penetrante
Cobre 22,5%
Cimoxanilo 4% + Mikal Plus Mildiu 2-3 Kg/ha 21 Xn A, A B Penetrante
Folpet 25% +
Fosetil- Al 50%
Cimoxanilo 30% + Equation Pro Alternariosis y mildiu 0,4 Kg/ha 14 Xn,--,--,-- No tratar a 15 m de un curso de agua
Famoxadona 2%
Clortalonil 50 % Varios Alternaria 2,5 l/ha 15 Xn A, A C
Clortalonil 75 % Varios Alternaria 1,5-2 Kg/ha 15 Xn A, A C
Compuestos cúpricos 1 Varios Alternaria, mildiu 3-4 Kg/ha 15 Xn A, A B Preventivo. Efecto depresivo. De contacto
Difenoconazol 25 % Score 25 Alternaria 0,8 l/ha 30 Xn, A A B
Flutolanil 50 % Moncut 50 Rhizotocnia 6 Kg/ha __ -- A, A B Tratamiento a tubérculos.
Metalaxil 25 % Vimar, Ridomil Podedumbres, Mildiu 0, 8-1,2 Kg/ha 21
Metalaxil 40% + Armetil, Axymor Alternaria 2,5 Kg/ha 21 Xn A, A B Sistémico
Cobre 8%
Metalaxil 40% + Ridomil plus Alternaria 4-5 g/ha 21 Xn A, A B
Cobre 5%
Metil- tolclofos 50 % Rizolex semillas Rhizotocnia 0,2-0,4 Kg/Tm 90 -- A, A A Tratamiento a tubérculos
Mancozeb 64% + Sandofan M-8 Mildiu 2-2,5 Kg/ha 15 Xn A, A B Sistémico
Oxadixil 8%
Pencicuron 25 % Trotis 25 SC Rhizotocnia 1-1,5 l/ha (1) __ -- A, A B (1) Aplicación a la línea de siembra
500-750 cc/Tm (2) (2) Aplicación directamente al tubérculo
Procimidona 50 % Sumisclex, Kenolex Podredumbres 1 kg/ha 5 Xn A, A A
1Se permite el uso de otros compuestos cúpricos siempre y cuando estén registrados en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios para el cultivo de patata y sean autorizados por el técnico responsable acreditado.
MATERIA ACTIVA NOMBRE COMERCIAL MODO DE ACCION DOSIS PLAZO DE SEGURIDAD TOXICOLOGÍA OBSERVACIONES
(Días)
Aclonifen 60 % Challenge Preemergencia 2,5-4,5 l/ha ___ -- A, A C
Alacloro 30 % + Alclor y Birdie Preemergencia y postemergencia 5-7 l/ha ___ Xn B, B B Sin incorporar, ni realizar labores de aporcado.
Linuron 10 %
Bentazona 48 % Zoom Postemergencia 1,5-3,5 l/ha ___ Xn A, A A
Cianazina 50 % Bladex 50 Preemergencia 1-2,5 l/ha ___ Xn B, B B
Clortal 75 % Dacthal Preemergencia 7-12 kg/ha ___ -- A, A A
Fluazifop 12,5 % Fusilade Postemergencia 1,25-2 l/ha ___ Xi, A, A B
Fluorocloridona 25 % Racer 25 Preemergencia 2,5-3,5 l/ha ___ -- A, A B
Glifosato 36% Varios Preplantación 1,5-6 l/ha ___ Xi, A, A, B Uso exclusivo para lindes y márgenes de cultivo
Glifosato 68% Roundup Transborb _______ 1,5-2,5 Kg/ha ___ Xi, A, A, B
Metribuzin 70 % Varios Preemergencia 750 g/ha Xn, A, A C
Nanopropamida 45 % Devrinol 45 Preemergencia 3,5-4, 5 l/ha -- A, A A Puede aplicarse antes de la siembra
Pendimetalina 33 % Varios Preemergencia 4 l/ha Xn A, A, C Puede aplicarse antes de la siembra
Prometrina 50 % Varios Preemergencia 2-4 l/ha -- A, A B
Prosulfocarb 80 % Filon Preemergencia 4-6 l/ha Xn A, A C
Terbutilazina 15% + Topogard Preemergencia 2 l/ha Xi A, A B
terbutrina 35%
Sulfosato 48% Touch-down 1,5-3,5 l/ha Xn, B, B, B Uso exclusivo para lindes y márgenes de cultivo.
(Glifosato 33%)
Setoxidim 12 % Guante Preemergencia Anuales: 1,5-3, 5 l/ha 45 Xi A, A, A
Vivaces: 1- 2,5 l/ha
DESECANTES QUIMICOS
MATERIA ACTIVA NOMBRE COMERCIAL MODO DE ACCION DOSIS PLAZO DE SEGURIDAD TOXICOLOGÍA OBSERVACIONES
(Días)
Dicuat 20% Reglone Desecante 1,5-4 l/ha 15 Xn, --, --, --
Monocarbamida dihidrogen Enquick Desecante 75-200 l/ha _ C, C, C, B
sulfato 119%
*Sólo se permitirán estos tratamientos fitosanitarios exclusivamente en circunstancias especiales, en las cuales su autorización será establecida por el técnico responsable acreditado del cultivo de la Patata de Producción Integrada.
MATERIA ACTIVA NOMBRE COMERCIAL PLAGA DOSIS PLAZO DE S TOXICOLOGÍA OBSERVACIONES
EGURIDAD
(Días)
Benfuracarb 3 % Oncol 3 espolvoreo Escarabajo, pulgón, gusanos grises, 15-25 kg/ha 60 Xn, C, C C Contacto, Ingestión
nematodos Muy peligroso para abejas
Ciflutrín 5 % (SL) Baytroid Gusanos grises, heliotis, escarabajo 0,5-0,8 l/ha 15 Xn B, B C Muy peligroso para abejas
Cipermetrín 10 % Ripcord 10, Sherpa Escarabajo, polilla, pulgones 0,5-1 l/ha 14 Xn A, A C Muy peligroso para abejas
Clorpirifos-etil 75 % Dursban 75 WG Gusanos, pulgones, escarabajo 1-1,2 l/ha 21 Xn A, A C Muy peligroso para abejas
Diazinon 60 % Varios Acaros, alacrón 0,5-1,2 l/ha 30 Xn B, B B Muy peligroso para abejas
Esfenvalerato 5 % Sumifive, Sumicidin Escarabajo, gusanos grises, polilla 0,2-0,3 l/ha 15 Xn B, B C Peligroso para abejas
Fipronil 80% Regente Gusano de alambre, escarabajo 25-30 gr/ha 14 T, A, A, B
Forato 5% Varios Gusano de alambre 20-30 Kg/ha 120 T, C, C, C Aplicar al suelo
Hexaflumuron 10 % Fronde Escarabajo 0,25 l/ha 30 --, A, A, A
Imidacloprid 20 % Confidor 20 LS Escarabajo, gusanos alambre, pulgones 0,5-0,75 l/ha 30 -- A, A A Muy peligroso para abejas
Lufenuron 5 % Match Escarabajo 0,4 l/ha 28 Xn A, A B
Metil pirimifos 50% Actellic 50 E Escarabajo, pulgones, orugas 2,5 l/ha 15 Xn B, B C Muy peligroso para abejas
Tiametoxam 25 % Actara Escarabajo, pulgones 80-100 gr/ha 7 Xn, --, --, -- Muy peligroso para las abejas
Triclorfon 5 % (Gr) Varios Gusanos de suelo 20-30 kg/ha 10 Xn, B, B B Peligrosidad controlable
FUNGICIDAS
MATERIA ACTIVA NOMBRE COMERCIAL ENFERMEDAD DOSIS PLAZO DE S TOXICOLOGÍA OBSERVACIONES
EGURIDAD
(Días)
Benalaxil 8%+ Galbem M Alternaria, mildiu 2-3 Kg/ha 30 Xi A, A B
Mancozeb 65%
Cimoxanilo 4%+ Varios Alternaria, mildiu 3 Kg/ha 15 Xi, A, A, B
Mancozeb 40%
Cimoxanilo 3% + Cuprosan Plus Alternaria, mildiu 3-4 Kg/ha 15 Xi, A, A, B
Cobre 15% +
Mancozeb 15%
Dimetomorf 7,5% + Acrobat Alternaria, mildiu 2-2,5 Kg/ha 21 Xi A, A B
Mancozeb 66,7%
Folpet 50 % Varios Mildiu, podredumbre gris y 2,5-3 l/ha 10 Xn A, A C
blanca, alternaria
Fosetil-Al 35% + Pearze, Rhodax Plus Alternaria, mildiu 3-5 Kg/ha 15 Xn A, B B Sistémico
Mancozeb 35%
Metalaxil 4% + Ridomil Gold 68 Mildiu 2-3 Kg/ha 21 Xi A, A B Sistémico
Mancozeb 64%
Mancozeb 75 % Varios Alternaria, mildiu 2,5-3,5 Kg/ha 15 Xi A, A B
Propineb 70 % Antracol 70 PM Alternaria, mildiu 2-3 Kg/ha 15 Xi A, A B
HERBICIDAS
MATERIA ACTIVA NOMBRE COMERCIAL MODO DE ACCION DOSIS PLAZO DE S TOXICOLOGÍA OBSERVACIONES
EGURIDAD
(Días)
Cicloxidim 10 % Focus Ultra Postemergencia Anuales: ___ Xi A, A A
1-2,5 l/ha
Vivaces:
3-4 l/ha
Linuron 45 % Varios Preemergencia 1-2,5 kg/ha ___ Xn A, A, A
Linuron 50 % Varios Preemergencia 1-2,5 kg/ha
Metolacloro 96 % Dual 96 Preemergencia 0,75-3 l/ha ___ Xi A, A, B
Pendimetalina 16% + Roserol N Preemergencia 5-7 l/ha ___ Xn, B, B, C
Linurón 9%
Quizalofop Master D Postemergencia Anuales: 1-2,5 l/ha 21 días Xi A, A, A
etil-P-etil 5 % Vivaces: 2-4 l/ha
Terbutrina 30% + Lanten Preemergencia 2- 3 l/ha ___ Xi A, A, B
Prometrina 20%
MATERIA ACTIVA NOMBRE COMERCIAL ACTIVIDAD DOSIS PLAZO DE S TOXICOLOGÍA OBSERVACIONES
EGURIDAD
(Días)
Clorprofam 30% Gro-Stop Basis Inhibir la brotación 0,2 l/Tm 15 Xi, --, --, -- Aplicación en almacén
Hidrazida maleica 22.5% Super-Stop-Brot Inhibir la brotación 13 l/ha 30 C, A, A, A Aplicación en campo
Hidrazida maleica 60% Super Stop Brot 60 Inhibir la brotación 5 l/ha 30 --, A, A, A
PRODUCTOS FITOSANITARIOS LMR (mg/kg)
Aclonifen
Alacloro
Azufre
Benalaxil
Benfuracarb
Bentazona
Beta-ciflutrin
Cianazina
Cicloxidim
Ciflutrín
Cimoxanilo
Cipermetrín
Clorpirifos
Clorprofam
Clortal dimetil
Clortalonil
Cobre inorgánico
Diazinon
Difenoconazol
Dimetomorf
Esfenvalerato
Etoprofos
Fluazifop butil
Flucitrinato
Fluorocloridona
Flutolanil
Folpet
Fosetil-Al
Glifosato
Hexaflumuron
Imidacloprid
Lambda cihalotrin
Linuron
Lufenuron
Mancozeb
Metalaxil
Metaldehido
Metolacloro
Metribuzina
Metilpirimifos
Metiltolclofos
Nanopropamida
Oxadixil
Pencicuron
Pendimetalina
Piridafention
Pirimicarb
Procimidona
Prometrina
Propineb
Prosulfocarb
Quizalofop etil
Setoxidim
Taufluvalinato
Teflubenzuron
RODUCTOS FITOSANITARIOS
Terbutilazina
Terbutrina
Tiametoxam
Tralometrina
Triclorfon
05
05
0
05
05
10
02
05
05
02
05
05
05
00
50
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02
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02
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20
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05
05
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00
10
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05
05
10
05
01
05
05
05
05
05
05
02
10
05
02
02
10
01
05
LMR (mg/kg)
05
05
-
01
10
Estos límites están establecidos según la legislación vigente internacional (Códex), europea y española de Residuos de Plaguicidas en productos de origen vegetal (R.D 280/1994, de 18 de febrero) [L.9], y requieren de una continua actualización. (Última actualización: Mayo del 2003).
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Historia normativa (2)
- Derogada por: ORDEN de 24 de septiembre de 2007, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las normas técnicas específicas de producción integrada de la lechuga en invernadero, la acelga en invernadero, el pimiento en invernadero, el to
- Desarrolla: DECRETO 31/2001, de 13 de febrero, sobre Producción Integrada y su indicación en productos agroalimentarios.