- DECRETO 133/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Competencias y Transferencias
ImprimirDECRETO 133/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por los Reales Decretos 2808/1980 y 3195/1980, de 26 de septiembre y 30 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria (profesorado de religión).
Identificación
- Situación: Efectuada
- Año de transferencia: 2011
- Materia: Educación
- Área de actuación: Educación, Universidades e Investigación
Objeto:
El personal que, en régimen de contratación laboral, imparte enseñanzas de religión en centros públicos de educación infantil y primaria ubicados en el territorio de la CAPV.
Normas reguladoras
- Normativa autonómica: DECRETO 133/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por los Reales Decretos 2808/1980 y 3195/1980, de 26 de septiembre y 30 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria (profesorado de religión).
- Normativa estatal: Real Decreto 892/2011, de 24 de junio, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por los Reales Decretos 2808/1980 y 3195/1980, de 26 de septiembre y 30 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria (profesorado de religión).
Transferencias vinculadas
- DECRETO de 30 de Diciembre de 1980, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 25 de Septiembre de 1980 en materia de enseñanza.
- DECRETO 11/1982 de 1 de Febrero, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias en materia de Enseñanzas Náutico-Pesqueras.
- DECRETO 134/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del
- DECRETO 135/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011, sobre ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, d
Configuración de competencias
- Estatuto de autonomía: Art. 16
- Constitución: 149.1.30
- Legislación Pais Vasco:
- Legislación estatal:
- Jurisprudencia:
- No parece que haya pronunciamientos sobre este tema. Existe, sin embargo, una certera jurisprudencia de los TSJ (STSJ CAT de 8 septiembre de 1999, de 11 de mayo de 1999, STSJ PV de 12 de marzo de 2002, de 28 de mayo de 2002 y de 1 de abril de 2003) así como por remisión STS de 12 de junio de 2002 RJ 2002\7198. Por todas ellas la Sentencia TSJ Cat. 1178/2001, de 8 de febrero, de la Sala de lo Social (AS 2001\1561) {si la obligación de retribuir a los profesores de religión católica ha sido asumida en todo momento por la Administración Central, si hasta la presente tal obligación ha sido hecha efectiva a través de los Presupuestos Generales del Estado, no existiendo constancia de que la misma haya sido trasferida y asumida por la Generalitat por una norma expresa que así lo establezca, si a través de los Presupuestos Generales del Estado la dotación correspondiente no se hace llegar a la Generalitat de Cataluña sino a la Conferencia Episcopal, quien a través de las respectivas diócesis para a los profesores de religión católica, de todo ello ha de concluirse que las pretensiones económicas de los actores han de ser asumidos por la Administración Central, y en concreto por el Ministerio de Educación y Cultura y no por la Generalitat de Cataluña.
- STC 38/2007 Procedimiento de selección y contratación de personas para impartir la enseñanza religiosa y posteriores
- 80/2007;
- 81/2007;
- 82/2007;
- 83/2007